27-07-2018
, 17:14:51
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#49 |
Denunciante Épico
| Respuesta: Alvaro Uribe renunció al Senado de la República Cita:
Iniciado por RICARDO69 Me ratifico en lo dicho: La Sala de Instrucción no llamó a la diligencia, la que llamó a indagatoria a Uribe, fue la Sala Penal la que lo hizo.
Ya había dicho que la Sala Penal de la Corte no debería estar haciendo esta investigación y citación a indagatoria porque ya está establecida la doble instancia para los aforados por lo cual, quien debería estar haciendo esta labor sería alguna de las nuevas salas de Instrucción y de Juzgamiento (las cuales no existen todavía. Bueno, en realidad sio existen pero no han entrado en funcionamiento) que harán las veces de primera instancia para que la Sala Penal haga las veces de segunda y definitiva instancia. | Le agradezco su precisión. El problema es que yo estoy hablando de peras y usted, de manzanas. Usted me está hablando de las dos instancias plasmadas en el Acto Legislativo 01 de 2018 y yo hablo de la única instancia bajo la cual se tramita el caso del oriundo de Salgar.
Me explico:
A raíz de las críticas (con fundamento, a mi parecer) basadas en el detrimento del derecho de defensa respecto a los aforados ante la CSJ por no tener derecho a las dos instancias y los fracasos de las reformas a la justicia, la CSJ decidió, mediante su reglamento interno, crear salas de instrucción al interior de la Sala de Casación Penal, integradas por tres de los nueve magistrados, encargadas de investigar y si era del caso acusar ante los seis restantes, que serían los encargados del consiguiente juzgamiento, con lo cual se creaba la doble instancia reclamada. Cita: Artículo 55. Adicionado Acuerdo 001 del 19 de febrero de 2009. Las investigaciones en materia criminal, que en virtud de las atribuciones constitucionales o legales deba adelantar en única instancia la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, serán repartidas a los tres Magistrados que conforme a las directrices fijadas por esa Sala, se encuentren en turno para tal efecto. La Sala establecerá los criterios para determinar cuál de ellos actuará como acusador.
La función de juzgamiento será cumplida en cada caso por los seis Magistrados restantes, de presentarse un empate respecto de un proyecto de decisión se sorteará un conjuez. |
Por consiguiente, esta Sala de instrucción 2 es la que está a cargo de la etapa instructiva del proceso contra Uribe, con las potestades conferidas a cualquier instructor en materia criminal.
Última edición por Heráclito; 27-07-2018 a las 17:25:58 |
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