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Se suspende destitucion de petro!!! CIDH le concede las medidas cautelares

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El final del largo proceso que ha llevado la destitución del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro todavía parece estar lejos. Y el panorama cambió radicalmente en menos de seis horas. Todo parecía definido luego de que el Consejo de Estado, en una decisión esperada, decidiera negar todas las tutelas que buscaban mantener al alcalde de Bogotá en su cargo luego de que en diciembre el procurador Alejandro Ordóñez lo destituyera y lo inhabilitara por 15 años.

Con esa decisión, sólo faltaba que el presidente de la República, Juan Manuel Santos, se notificara y firmara el decreto que sacaría al alcalde de Bogotá de su cargo.



Sin embargo, al filo de la medianoche de Colombia, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos decidió, en un hecho que sin duda recorrerá el Hemisferio y tendrá enorme impacto en Colombia, otorgarle medidas cautelares a Petro, proteger sus derechos políticos y pedir que sea suspendida de manera inmediata la sanción hasta tanto ese organismo no se pronuncie de fondo.

Así las cosas, la pregunta queda en el aire: ¿Qué viene ahora en el proceso que sigue por la destitución del Alcalde de Bogotá? La respuesta es clara: El balón queda ahora en manos del presidente Santos quien, como la cabeza del Estado deberá responder la solicitud de la CIDH. Y tiene dos caminos para hacerlo:
El primero es acoger la decisión de la Comisión Interamericana, lo que significaría suspender el fallo de la destitución. El segundo es simplemente ignorarlo, acogiendo la tesis de su ministro del Interior de que se trata simplemente de una recomendación, y ejecutar de forma inmediata el fallo de la Procuraduría.


Pero el asunto no es tan fácil. Ante la disyuntiva planteada -una Comisión Internacional pide suspender la destitución mientras que el ordenamiento jurídico colombiano le instruye a ejecutarlo- lo más probable es que Santos se incline por pedir un Concepto del Consejo de Estado. Mientras tanto, la destitución quedaría congelada nuevamente.
Si el Consejo de Estado se inclina por la tesis de que el Procurador actuó en derecho y que las decisiones de la CIDH son recomendaciones pero no de obligatorio cumplimiento el presidente tendría que destituir a Petro e informar a la CIDH que no puede atender la solicitud pues la justicia del país se ha pronunciado.

Ante ese escenario la CIDH podría llevar el caso ante la Corte Interamericana, con sede en Costa Rica, cuyas sentencias si son de obligatorio cumplimiento. Si la Corte se inclina hacia la CIDH, podría ordenar la restitución de Petro. Si no, el alcalde permanecería fuera de su cargo.
Mientas tanto, y en paralelo, el proceso de Petro avanzará en el Sistema de Casos del Sistema Interamericano, donde se analizará su fondo. Este proceso es más lento y puede tardar varios años.

Del Consejo de Estado a la CIDH
A las 5:40 de la tarde, todo parecía consumado para el Alcalde de Bogotá. El Consejo de Estado, tras analizar las tutelas impuestas por varios ciudadanos para frenar la destitución de Petro, consideró que el derecho a elegir y a ejercer el control político no es absoluto y no puede cercenar la facultad disciplinaria de los organismos de control”.

Así terminaba la estrategia de la ‘tutelatón’, que logró embolatar desde diciembre pasado la salida de Petro del Palacio Liévano y parecía cuestión de días la salida de Petro del Palacio Lievano. Pero el panorama cambió radicalmente cuando desde Washington la Comisión Interamericana de Derechos Humanos decidió este martes en la noche conceder medidas cautelares al alcalde de Bogotá Gustavo Petro y le dio 15 días al Gobierno para que informe cómo va su aplicación.
En el documento, de 11 páginas, le pide al Estado colombiano "que suspenda de manera inmediata" la destitución del Alcalde que fue ordenada por la Procuraduría a finales del año pasado y le dice al estado que la suspensión debe permanecer hasta que la CIDH se pronuncie sobre el fondo del asunto y que permita que Petro culmine su gestión como Alcalde.

"Tras analizar las alegaciones de hecho y de derecho presentadas por las partes, la Comisión considera que la información presentada demuestra que los derechos políticos de Gustavo Petro, elegido como Alcalde de Bogotá y actualmente en funciones, se encontrarían en una situación de gravedad y urgencia puesto que la consolidación de los efectos de la Resolución que lo destituye de su cargo e inhabilita para el ejercicio de sus derechos políticos podría tornar inefectiva la eventual decisión sobre la petición p 1742-13 (el caso de Petro ante la Comisión)", dice el documento.

Y luego añade: "En consecuencia, de acuerdo con el articulo 25 de su Reglamento, la Comisión requiere a Colombia que suspenda inmediatamente los efectos de la decisión del 9 de diciembre de 2013, emitida y ratificada por la Procuraduría General el 13 de enero de 2014, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos políticos del señor Petro y pueda cumplir con el periodo para el cual fue elegido como Alcalde de Bogota el 30 de octubre de 2011 hasta que la CIDH se haya pronunciado sobre la Petición individual 1742-123"

Una decisión con pocos antecedentes
Hasta la fecha, hay muy pocos antecedentes de medidas cautelares otorgadas para proteger derechos políticos, que es el que invoca Petro esta a punto de ser vulnerado.

El único referente cercano es el caso del ex canciller mexicano Jorge Castañeda en el 2005. Castañeda acudió a la CIDH pues las autoridades electorales de su país se negaban a inscribirlo como candidato a las elecciones presidenciales ya que lo hacía a título independiente y no como parte de un partido. La CIDH otorgó las medidas pero en vista de que el estado no las implementó, decidió acudir a la Corte Interamericana (Corte IDH), para que resolviera el asunto.

La Corte, cuyas sentencias son aceptadas como de obligatorio cumplimiento en toda la región, las negó argumentando que las medidas provisionales (así se llaman en la Corte IDH), no se aplican a los derechos políticos y que le era imposible resolver el tema sin entrar a ver del fondo del caso, algo que solo podría hacer a través del procedimiento regular de casos del Sistema Interamericano, que requiere muchas otras etapas y suele tardarse entre 2 y 7 años.

Desde entonces esa ha sido la jurisprudencia y la CIDH no había vuelto a a otorgar medidas cautelares para proteger derechos políticos.
Solo en el 2013 se presentaron a la CIDH unas 90 solicitudes de medidas cautelares por vulneración de derechos políticos y ninguna fue concedida. Petro y sus abogados alegaban que el derecho evoluciona y que el hecho de que no existieran muchos antecedentes no quería decir que no podía cambiar ahora.

En cualquier caso, con la decisión la CIDH está marcando un precedente que podría tener enormes repercusiones no solo en Colombia sino en el Hemisferio.

En el caso de nuestro país, la concesión de medidas cautelares a Petro implica que, de aquí en adelante, cualquier funcionario de elección popular que esté en vías de ser destituido por la decisión de una autoridad adminstrativa como la Procuraduría y la Controlaría, podría pedir las mismas protecciones.

Según la Procuraduría en el momento hay cientos de funcionarios, entre alcaldes, ediles, concejales, gobernadores y congresistas que se encuentran en esa situación.

Más aún, si el Estado decide acatar la decisión de la CIDH, se abriría la puerta para que cientos de funcionarios de elección popular, que han sido destituidos por la Procuraduría desde 1991, reclamen una indemnización.

Eso, según un informe de esta rama del poder, le podría costar al Estado dos billones cuatrocientos sesenta y nueve mil trescientos veintisiete millones cuatrocientos cuarenta y siete mil ciento sesenta y ocho pesos ($2"469.327"447.16.

Pero los efectos no se limitarían a Colombia ya que miles de personas en el continente americano podrían acudir desde ahora ante la CIDH para que las proteja con Medidas Cautelares si sus derechos políticos están siendo vulnerados.

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