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Luis Moreno: los límites legales del acuerdo con las FARC

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Kaffeetrinker 2 Luis Moreno: los límites legales del acuerdo con las FARC Calificación: de 5,00

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Durante 9 años como fiscal de la Corte Penal Internacional seguí con respeto los esfuerzos de los colombianos por controlar la violencia. La Fiscalía colombiana siguió la discusión e implementación de la Ley de Justicia y Paz, pedimos que se investigaran los “falsos positivos” y observamos la ejecución de operaciones militares sofisticadas como la que permitió la liberación de Ingrid Betancourt. Tanto el expresidente Álvaro Uribe como el presidente Juan Manuel Santos me comentaron su decisión de promover la investigación de todos los crímenes. Al presidente Santos le comenté que la Corte Penal Internacional no sería un obstáculo si los colombianos se ponían de acuerdo y llegaban a un acuerdo de paz. Me parece que esa postura es también la posición de la nueva Fiscal, Fatou Bensouda. Y me gustaría aportar al debate colombiano (con) algunas clarificaciones.




Primero: ¿Cómo se relacionan la justicia internacional y la paz?

La aplicación de la ley es la única forma de reconciliación. Nadie puede obligar a las víctimas a perdonar a los asesinos, pero si se puede obligar a no matar a los asesinos. La ley permite la coexistencia pacífica de víctimas y victimarios. En este sentido, la carta del 7 de agosto del 2013 de la Fiscal Bensouda fue erróneamente percibida en Colombia. La Fiscal apoya el acuerdo de paz, pero exige el cumplimiento de la ley. La Fiscal explicó que la paz debía conjugarse con la obligación de investigar y que no se podían ignorar las condenas a los líderes de las FARC. Muy recientemente, el 25 de noviembre, la Fiscal Bensouda emitió un nuevo informe sobre los exámenes preliminares que lleva a cabo y que incluye un análisis sobre Colombia. El informe destaca que la Corte Constitucional ha adoptado parámetros para asegurar “la compatibilidad de las leyes nacionales con las obligaciones internacionales de Colombia”, así como los esfuerzos para investigar crímenes de violencia sexual, desplazamientos forzados y la estrategia de priorizar las investigaciones contra los máximos responsables de los diferentes grupos criminales. El informe concluye que la Fiscalía General de la Nación continuará “consultando a las autoridades colombianas para asegurar que se llevan adelante procedimientos genuinos contra los máximos responsables”. Ese es el rol de la Fiscal: asegurar que la ley se aplique.

Segundo: ¿Hay una obligación internacional de hacer nuevas investigaciones sobre las FARC?

Expertos nacionales e internacionales discutieron el tema el pasado 15 y 16 de noviembre en Cartagena, convocados por el Fiscal General, Eduardo Montealegre. La Fiscal Bensouda envió dos representantes, había jueces y exjueces, profesores, políticos y representantes de las víctimas. El exjuez Baltasar Garzón explicó que la obligación internacional de investigar y de juzgar los crímenes cometidos por las FARC ya se ha cumplido. Como lo reconoció la propia Fiscal Bensouda en su carta, las investigaciones y condenas ya realizadas son genuinas, muchos crímenes de las FARC ya se han sentenciado y otros se continúan investigando. Todos los líderes en La Habana están condenados y hay más de 4.000 miembros de las FARC en prisión.

A pesar de ello la Fiscalía General presentó un resumen de los nuevos métodos de investigación que ha desarrollado para probar la responsabilidad criminal de más de 500 miembros del estado mayor y de los mandos medios de las FARC. Sobre esa base y tomando en cuenta la futura ley estatutaria que defina el alcance de la justicia transicional, la Fiscalía de Colombia presentará nuevos casos contra esos cientos de jefes medios de las FARC, incluyendo cargos de “crímenes de lesa humanidad” y exponiendo los delitos de abuso sexual. Esa estrategia muestra el deseo de continuar con el esfuerzo por la justicia mientras se busca la paz, pero perdería sentido si se llega a un acuerdo.

Tercero: ¿Cuál debe ser el criterio de selección de nuevos casos si se llega a un acuerdo de paz? ¿Hay que investigar a los líderes desmovilizados o a quienes organicen nuevos crímenes?

Los expertos vaticinan que aun si los líderes firman un acuerdo, el 20% de las FARC no se va a desmovilizar y continuará como una organización criminal involucrada en el narcotráfico. Cuando se discuta la Ley Estatutaria del Marco para la Paz, Colombia puede definir la dirección de la justicia transicional, adoptar criterios de selección y establecer prioridades. Si se concreta un acuerdo de paz, creo que las nuevas investigaciones deberían concentrarse en los nuevos crímenes, en los crímenes que cometan quienes no se desmovilicen y se dediquen al narcotráfico. No tendría sentido afrontar el enorme costo económico de cientos de casos judiciales complejos en contra de los desmovilizados. La información reunida por el Fiscal Montealegre que describe el funcionamiento de los frentes de las FARC y los crímenes contra niños y mujeres, puede ir a la Comisión de la Verdad en lugar de aterrizar en los juzgados.

Cuarto: ¿Hay que encarcelar a los líderes de las FARC que ya están condenados?

Ese fue el tema que más dividió la reunión en Cartagena. Sin embargo, Baltasar Garzón nos recordó que la cárcel no es la única pena ni hay una obligación internacional de enviar gente a la cárcel. Resaltó que las penas tienen como objetivo resocializar a los que cometen delitos, que el marco de la paz habla de penas alternativas, que pueden ser más útiles para las víctimas directas y menos costosas para los colombianos.

Por ejemplo, los condenados pueden hacer trabajo para las víctimas, ayudarlos a rehacer sus granjas, levantar de los campos las minas que hayan sembrado, además de desmovilizar a los combatientes y pedir perdón. La pena de cárcel sería una consecuencia a aplicar solo en el caso de que volvieran a delinquir. La Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) ha ofrecido continuar el diálogo, y si la Corte Constitucional aprueba el uso de penas alternativas, la opción sería difícil de rechazar.

La ley es la garantía de la convivencia en paz y debe ser el marco del acuerdo con las FARC. La ley no exige nuevas investigaciones sobre las FARC que se hayan desmovilizado y puede contemplar la utilización de penas alternativas. Pero el acuerdo necesita que las FARC sean sinceras en el abandono de la violencia, que cooperen activamente en establecer la paz, la verdad y la reparación a las víctimas y que se obtenga el consenso de la sociedad colombiana. Esas son las dificultades que Colombia va a enfrentar en los próximos meses y que el mundo va a observar.

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Poco a poco los colombianos vamos aprendiendo de cómo se hace un proceso de paz, de qué se trata la justicia transicional, de las diferentes alternativas que existen para castigar a los responsables y de cómo, la pena de prisión es apenas una de las varias opciones a tener en cuenta.

Infortunadamente, el siglo XIX con su carga de ignorancia y fundamentalismo, aún sigue anclado en la sociedad colombiana y se cree aún que la única pena posible es la privación de la libertad y que si esto no sucede, estaríamos en presencia de una paz con impunidad.

Las penas alternativas, como bien lo señala el articulista y se ha probado con suficiencia en variados procesos de paz en el mundo, son un camino adecuado para cerrar el capítulo de la guerra, darles justicia, verdad y reparación a las víctimas e iniciar la construcción de un nuevo país.

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farc, luis moreno, paz, proceso




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