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Puerto Gaitán y una sentencia que despierta más de una duda

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Puerto Gaitán y una sentencia que despierta más de una duda

Las riendas administrativas de ese municipio petrolero están enredadas por cuenta de una sentencia particular: fue hecha en tiempo récord por un Tribunal al que no le corresponden asuntos electorales ni tiene jurisdicción en Meta.
Sábado 28 Julio 2012


Archivo SEMANALa vista aérea de Puerto Gaitán, Meta.

El empobrecido municipio de Puerto Gaitán, en el Meta, es un auténtico tesoro político ya que recibe multimillonarias regalías del Estado por cuenta de los yacimientos petroleros que allí se explotan. Sus habitantes viven entre calles sin pavimentar, continuos apagones y, en un sector del pueblo, respiran un agrio hedor que proviene de las aguas negras que circulan a ras de tierra sin tratamiento.

Entre tanto, sus políticos están librando una batalla legal para quedarse con la administración del municipio. La disputa llegó por arte del birlibirloque al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca (no del Meta, ni juez en asuntos electorales), tribunal que produjo un fallo en tiempo récord justo el día en que la reforma a la justicia acababa con la rama de la Judicatura.

El asunto se remonta al 30 de mayo pasado cuando el Tribunal Administrativo del Meta anuló la lección de Édgar Humberto Silva como alcalde de Puerto Gaitán, electo en octubre de 2011. La razón: Silva era Personero y no se apartó de ese cargo con un año de anticipación a la inscripción de su nombre para las elecciones, como lo exige la ley a fin de garantizar una campaña en igualdad de condiciones entre los aspirantes. Precisamente los contendores de Silva fueron quienes demandaron se elección.

El alcalde en cuestión podía trasladar el asunto al superior del Tribunal Administrativo del Meta, es decir, al Consejo de Estado, para que este revisara el fallo. Sin embargo, Silva sorprendió con una tutela interpuesta ante el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, órgano que, para mayor extrañeza, no se declaró incompetente, ni porque no le corresponde juzgar ese tipo de asuntos ni porque este fuera de una jurisdicción territorial ajena. Pero esas no fueron las mayores sorpresas.

La Judicatura de Cundinamarca en un tiempo relámpago de apenas 4 días recibió, analizó y resolvió la tutela en favor del ciudadano Édgar Humberto Silva, quien alegó que en Meta le fueron violados no pocos derechos fundamentales: al debido proceso, a participar en política y a la igualdad, entre otros. El singular fallo –de 66 oficios y cuyo ponente es el magistrado de la sala disciplinaria Ernesto Fajardo Castro– no solo dejó sin efectos la sentencia proferida antes en Meta sino que además ordenó compulsar copias para que se investiguen “las presuntas faltas disciplinarias en que pudieron haber incurrido los Magistrados del Tribunal Administrativo del Meta”.

La decisión sorprendió a muchos en la rama judicial. Nadie entiende por qué una instancia de asuntos disciplinarios en Cundinamarca entra a resolver temas electorales del Meta. La urgencia del fallo también llama la atención. La forzada acrobacia jurídica se dio en tan solo cuatro días: la tutela fue admitida el 14 de junio y fallada el 20, justo el día en el Congreso expedía la reforma a la justicia que acabaría con la rama de la Judicatura, de la que hace parte la seccional de Cundinamarca.

Como se sabe, la malograda reforma fue hundida y, por tanto, la Judicatura sobrevivió. Así, la tutela tuvo que ser impugnada ante el Consejo Superior de la Judicatura, instancia superior del seccional de Cundinamarca. Por reparto, el asunto le correspondió a la magistrada María Mercedes López quien el pasado miércoles presentó a sus compañeros un proyecto que, si prospera, podría deshacer el entuerto jurídico.

El proyecto de fallo apunta a “decretar la nulidad de lo actuado en esta acción de tutela” fallada en Cundinamarca, y remite el caso al Consejo de Estado como el juez auténtico del asunto. La sesión en la que el proyecto debía ser discutido y votado empezó con una intervención del magistrado Angelino Lizcano, presidente del Consejo Superior de la Judicatura, quien desmintió que tuviera interés en el proceso y nexo alguno con el municipio de Puerto Gaitán, como se comentó en medios de comunicación. Sin embargo, el proyecto no fue sometido a votación esta semana porque las magistradas Julia Emma Garzón y María Constanza Rivera solicitaron el texto para estudiarlo.

La próxima semana los magistrados se encontrarán nuevamente en sala para tomar una decisión. Será entonces cuando se sepa qué pasará con las riendas administrativas de Puerto Gaitán, el municipio meca del petróleo, el que más regalías recibe en todo el país y en donde los habitantes esperan que algún día tanta riqueza se refleje en bienestar común.


Fuente Semana

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