De todos modos coloco un extracto del reglamento FIFA, sobre este aapecto: Sección 5. Falsificación de títulos
Articulo 61
1. Quien, en el ámbito de cualquier actividad propia del fútbol, cree un
documento falso, falsifique un documento o utilice un documento falsificado
con el fin de engañar en actuaciones judiciales será sancionado con una multa.
2. Si el autor de los hechos es un jugador, se impondrá una suspensión mínima
de seis partidos.
3. Si el autor de los hechos es un ofi cial, un agente de jugadores o un agente
organizador de partidos, se le sancionará con la prohibición de ejercer cualquier
actividad relacionada con el fútbol por un periodo mínimo de 12 meses.
4. Se puede responsabilizar a una asociación de una infracción, tal como se
define en el apdo. 1 del presente artículo, cometida por uno de sus oficiales
y/o jugadores. En tal caso, además de la imposición de una multa, se podrá
sancionar con la exclusión de la asociación de una competición.
5. Se puede responsabilizar a un club de una infracción, tal como se define
en el apdo. 1 del presente artículo, cometida por uno de sus oficiales y/o
jugadores. En tal caso, además de la imposición de una multa, se podrá
sancionar con la exclusión del club de una competición y/o la prohibición de
efectuar transferencias.