Si alguien ha conferido poder a una persona para que realice una labor estamos frente a un contrato de mandato que no es más que una figura jurídica a través de la cual se le encarga a alguien llamado mandatario que ejecute una labor encomendada por otra persona llamada mandante.
¿Qué debo hacer si quiero quitarle un poder que le di a un abogado para que me asistiera judicialmente en un proceso?, una de las causales de terminación del mandato contemplada en las normas civiles es la revocación del mandato que consiste en darle poder a otra persona diferente a la que estaba ejecutando la labor primero. Dicha revocación del mandato puede ser tacita o expresa; la revocación tacita se da cuando por ejemplo, María celebro un contrato de mandato con Juan para que la asistiera en un proceso judicial de alimentos, pero María decide revocar el poder a Juan y darle poder a José.
Pero cuando se otorga un poder especial a una persona después de haberle otorgado con anterioridad un poder general a otra, subsiste el poder general respecto a los negocios no comprendidos en el mandato especial.
Entonces cuando se ha otorgado poder a una persona el mandatario puede revocarlo a su arbitrio según lo establecido en el artículo 2191 del código civil, pero hay que tener en cuenta lo siguiente:
Aunque la revocación puede ser expresa o tacita, pero solo surte efectos a partir de que el mandatario tuvo conocimiento de dicha revocación.
Si se revoca un poder general por uno especial, el primero subsistirá en lo que no se otorgo en el segundo.
El mandate que revoca puede exigir la restitución de las cosas que haya puesto en su manos para la ejecución del mandato.
El mandante debe dejar los instrumentos al mandatario que sirvan de prueba para justificar sus actos, el mandante está obligado si el mandatario lo exigiere a darle copia firmada de los documentos o soportes de su actuación como mandatario.