Respuesta: Consulta - Divorcio de mutuo acuerdo Perdón, tercio:
La disolución de la sociedad conyugal y el divorcio son dos cosas distintas e independientes. Con el divorcio se rompe el vínculo y las obligaciones entre si de los cónyuges, mientras que con la disolución de la sociedad conyugal se pone fin al régimen patrimonial del matrimonio.
Tanto son diferentes que usted se puede divorciar o sea romper el vínculo y no liquidar la sociedad conyugal, con lo cual ésta quedaría vigente (y en el aire) hasta el momento del divorcio. O sea que los bienes conseguidos dentro del matrimonio, así sea una plancha o un televisor, siguen siendo de ambos, por lo general. (a no ser que se haya pactado régimen especial de bienes o capitulaciones matrimoniales). Por eso es muy importante realizar la liquidación de esta sociedad dentro del trámite del divorcio o inmediatamente después, para evitar dolores de cabeza futuros.
Ahora bien, si no tienen ningún bien o no quieren declarar los bienes que tienen (no aconsejable), pueden liquidar la sociedad conyugal en cero y listo.
Última edición por RICARDO69; 07-06-2013 a las 11:43:50 |