| Respuesta: ¿Sobre Poder que se le firme a un Abogado?
Hola proyectofenix.
Pues, tengo objeción sobre cada palabra que establece en el poder, en particular, sobre lo que pongo en negrillas: "Que lo va a representar ante la sociedad y ejercer amplios derechos conforme a la ley que corresponden, en especial solicitar información pertinente al trámite de la liquidación en curso y ser partícipe activamente en dicho procedimiento y gestiones pertinentes de ello.
El apoderado queda facultado para, representar (al cliente) en las juntas de socios y en toda clase de reuniones necesarias para la liquidación, con amplias facultades para votar, transigir, conciliar, recibir, desistir, sustituir y por demás todas a las que refiere el Artículo 70 del Cód. de P.C."
Con cualquiera de esas palabras, si el Abogado no es honesto, podría hacer perder su patrimonio a los socios afectados.
También le digo, que el Abogado (que es recomendado por luchar los casos), se muestra demasiado conciliador, tanto que no hace exigencia sobre lo que el socio Administrador se ha 'afanado$$$' y perjudicado todo este tiempo de la empresa social, en razón de Utilidades por la misión de la empresa y arriendos, de lo cual no respondió con nada en absoluto.
Y expone, que el Administrador dejará a un lado sus exigencias laborales para llegar a un acuerdo. Y que se debe actuar ya, en razón de deudas con el distrito, y peligro de remate de inmueble.
El Abogado tiene interés en que los socios afectados que lo buscaron a él, se asuman como Administradores-liquidadores junto con el socio administrador que ya estaba, con los riesgos que involucra asumir responsabilidades y deudas que este último llevó a la sociedad, poniendola en detrimento.
Última edición por 3lsi9ui3ntepr0g; 05-06-2013 a las 15:13:51 |