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Predeterminado Consejo de Estado rechazó demanda por 700 billones contra la Nació Calificación: de 5,00

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El alto tribunal se pronuncia sobre una millonaria demanda contra el Incora.

La decisión fue ratificada por la sección Tercera del Consejo de Estado, el cual falló a favor del Estado en la billonaria demanda entablada contra el antiguo Incora, por una supuesta expropiación de 1.926 kilómetros cuadrados de tierras en Antioquia.

Este proceso, que inició con la demanda interpuesta por la familia Durango, asciende a 700 billones de pesos, lo que equivale a un 70% del monto total de las demandas vigentes en contra del Estado colombiano, suma que también supera dos veces el PIB.

El ministro del Interior, Fernando Carrillo, en relación a los alcances del fallo señaló que “el Estado estaba desprovisto de mecanismos para su defensa. Con este fallo se invierte la regla de oro de que el Estado perdía frente a un cartel de abogados que encontraron en la bolsa del mismo un botín fácil. Es la victoria jurídica más importante del Estado colombiano. Con estos 900 millones de pesos a favor se reduce en un 80% el pasivo contingente de la Nación y se liberarán para gastos sociales”.

A su vez, el ministro del Interior también reconoció el trabajo de la Procuraduría General de la Nación, Consejo de Estado y miembros de la agencia quienes contribuyeron en el proceso de una manera responsable.

Por su parte, Adriana Guillén, actual Directora de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado indicó que “lo que sucedió en este fallo es que el Consejo de Estado dice que no hay ninguna relación en que haya existido una mora del Estado en la tramitación del proceso de extinción de dominio con que esas personas perdieran la posesión material”.

En el fallo se absuelve al Estado colombiano en el proceso contencioso administrativo más costoso de la historia del país. El Consejo de Estado concluyó que “no existe relación material entre la falla del servicio acreditada, esto es, la mora administrativa del Incora y los perjuicios reclamados por los demandantes”.

Así mismo, precisa que “la demora de la adopción de la decisión administrativa en el proceso de extinción de dominio agrario no desencadeno la pérdida de la propiedad de los inmuebles a los que se refiere la demanda, ya que los poseedores de la herencia del señor Mirocletes Durango podían ejercer todas las acciones”.

REDACCIÓN JUSTICIA
EL TIEMPO

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