07-03-2012
, 22:14:40
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#7 |
Denunciante Épico
| Respuesta: Abel Aguilar, listo para convertirse en ciudadano español Cita:
Iniciado por wessy jajajaja no...
Yo no sé quien fue el que escribió el articulo, pero que le den la ciudadanía no es lo mismo que la nacionalidad... la ciudadanía es como una residencia, y que es un ciudadano residente en España, osea diferente a la visa de trabajo. Para ser una persona nacionalizada, debe tener algún familiar que sea de descendencia Española, pero por ejemplo en Alemania no nacionalizan, pero si dan la residencia. No se dejen confundir por los reporteros jejeje. |
Estás confundido. Sólo por simple información te doy los requisitos para obtener la nacionalidad española por residencia: "Si ha residido legalmente en España durante diez años y de forma continuada, es decir con una autorización de residencia tendra derecho a adquirir la nacionalidad española. El tiempo exigido será menor si te encuentras dentro de estos requisitos: 1. Todas aquellas personas que han nacido en España pueden solicitar la nacionalidad española al cumplir un año de residencia. 2. Los extranjeros casados con un español, siempre y cuando no estén separados de hecho o legalmente, pueden solicitar la nacionalidad española cumplido un año de residencia legal y continuada. 3. Los refugiados políticos o aquellos que han obtenido asilo, pueden solicitar la nacionalidad española habiendo residido legalmente y de forma continuada durante 5 años. 4. Si eres natural de algún país latinoamericano, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o Sefardíes, tendrán que tener dos años de residencia legal en España para solicitar la nacionalidad española. 5. Todos los extranjeros que han nacido fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela que han sido españoles de origen, pueden solicitar la nacionalidad española con un año de residencia legal. 6. Los extranjeros que han tenido un hijo nacido en territorio español y lleva residiendo un año, pueden solicitar la nacionalidad española para su niño. 7. Aquellos extranjeros que han estado bajo la tutela legal, guarda o acogida por un ciudadano español o por una institución española durante dos años de forma continuada o bien continuará en dicha situación en el momento de solicitar la nacionalidad española. 8. Los viudos o viudas de un español o española, siempre que en el momento de la muerta no existiera separación legal o de hecho y han residido de forma legal en España por un año, pueden solicitar la nacionalidad española.
Para todos los nacionales de algún país latinoamericano, España no le exige que renuncie a su nacionalidad, podrá tener doble nacionalidad. Fuente |
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