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ALBAFIKA DE PISCIS
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Jijoju Respuesta: Secretos y mentiras sobre ACTA

“ACTA es un acuerdo equilibrado, que provee protecciones adecuadas a los sectores que las necesitan, al mismo tiempo que se mantienen los derechos de los ciudadanos y consumidores.”

Las salvaguardas en el texto son puramente genéricas y declarativas, casi siempre en secciones generales del acuerdo, donde las previsiones de aplicación, muy vagas, son vinculantes para los firmantes. Por ejemplo, un estudio legal de los profesores Kroff y Brown hacen hincapié en que ACTA “refuerza significativamente las medidas de aplicación (especialmente las penales), sin ninguna de las salvaguardas ni excepciones necesarias para asegurar un equilibrio de intereses entre los titulares de los derechos y los usuarios”.

La Comisión dice que ACTA no va más allá del acervo comunitario, pero los expertos legales de la UE han dejado claro que en los puntos importantes si que lo hace: particularmente en las medidas penales, para las cuales no existen precedentes, y en las medidas respecto a fronteras.

El contenido de ACTA puede no ser contrario a la Directiva de Comercio Electrónico, la Directiva sobre el Derecho de Autor (EUCD) o la Directiva sobre Aplicación de Derechos de la Propiedad Intelectual (IPRED), pero las refuerza y evita que los legisladores de la UE puedan enmendarlas en puntos cruciales.

La lógica general de los capítulos digitales de ACTA sientan las bases para tomar medidas extra-judiciales, muy parecidas a las de la SOPA y la PIPA, en las que los titulares de los derechos y los proveedores de servicios, ya sean de Internet o fiscales, “cooperarán” para tomar medidas contra las alegaciones de infracción que se limitan a mecanismos de censura, sorteando los procesos judiciales establecidos y el derecho a un juicio justo.

Esta lectura se reafirma mediante las sanciones penales previstas para los que “ayuden y amparen” las infracciones. Todo ello se hace más claro mediante la estrategia relativa a la Propiedad Intelectual de la Comisión Europea y las revisiones actuales de la IPRED y la Directiva de Comercio Electrónico.
“ACTA trata de aplicar adecuadamente los derechos actuales de la propiedad intelectual, pero no crea derechos nuevos.”

ACTA modifica el espectro de sanciones penales en los estados miembros de la UE, asegurando que se aplicarán en casos de infracción a “nivel comercial”, que se define como “aprovecharse económica o comercialmente de forma directa o indirecta”. Éste término es vago, abierto a interpretaciones y directamente erróneo cuando se trata de determinar el espectro de aplicación proporcionada, así como incapaz de discriminar entre infracción comercial o sin interés de lucro. Las extendidas prácticas sociales, como el intercambio individual de ficheros sin ánimo de lucro, así como la edición de una web informativa o la distribución de herramientas tecnológicas innovadoras, se podrían considerar como “nivel comercial”.

Extendiendo el espectro de sanciones penales para “ayudar y amparar” tales “infracciones a nivel comercial”, ACTA creará herramientas legales que amenazan a cualquier parte participante en Internet. Proveedores de acceso, servicios o alojamiento sufrirán de una peligrosa incertidumbre legal, haciéndoles vulnerables a cualquier litigio con la industria del entretenimiento.

La Presidencia del Consejo de la Unión Europea (que representa a los gobiernos de los 27 estados miembros) tuvo que negociar ACTA conjuntamente con la Comisión Europea. La Presidencia negoció el capítulo de “sanciones penales” de ACTA, que no pudo ser negociada por la Comisión como ley penal como parte de las competencias de los Estados Miembros. Esto ilustra que no existe acervo comunitario en sanciones penales, y prueba que el ACTA modifica las leyes de la Unión Europea.

Más allá de ampliar el espectro de los efectos y aplicación del copyright, patentes y marcas registradas, ACTA establece nuevas reglas de procedimiento en favor de la industria del ocio y el entretenimiento. Dichos procedimientos tienen un efecto disuasorio en potenciales innovadores y creadores, tomando en especial consideración las insensatas previsiones de daños y perjuicios. Durante un juicio, los titulares de derechos podrán presentar su propia lista de daños y perjuicios sufridos.

En el futuro, el espectro de ACTA podrá expandirse fácilmente mediante el “Comité ACTA”. Dicho comité tendrá la autoridad de interpretar y modificar el acuerdo una vez ratificado, proponiendo enmiendas. Este es un proceso legislativo paralelo, que equivale a extender un cheque en blanco a los negociadores de ACTA, y crearía un precedente legal para pasar por encima de cualquier parlamento en el proceso de desarrollar leyes cruciales, lo que es completamente inaceptable en una democracia. Solamente esto justifica la anulación completa de ACTA.

“ACTA actúa de forma amplia, para proteger a todos los creadores e innovadores Europeos, a través de un amplio rango de medidas.”

China, Rusia, India y Brasil, los países en que se produce la mayor parte de artículos falsificados, no son parte de ACTA y han declarado públicamente que nunca lo serán. Tomando en consideración la extendida oposición hacia ACTA, el acuerdo ha perdido cualquier legitimidad en el escenario internacional.

Una vez más, la Comisión nunca ha probado la necesidad de nuevas medidas ni que las medidas existentes en el Acuerdo sobre Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual de la OMC son insuficientes.

La Comisión sigue ejerciendo la represión, cuando muchas veces la falsificación es, básicamente, un fallo del mercado debido a modelos erróneos e inadecuados por parte de los titulares de los derechos de propiedad intelectual. Al mismo tiempo, no existe ninguna iniciativa de la Comisión Europea que tome un acercamiento positivo acerca de discutir nuevos modelos de financiación para la cultura que se adecuen al nuevo entorno digital.

Los indicadores geográficos – un punto clave para las pequeñas empresas de Europa y su herencia cultural – se excluyen de ACTA. Las pocas referencias geográficas en ACTA tienen poco o ningún efecto en las leyes locales de terceros países.

ACTA es la inspiración de leyes como SOPA o PIPA en los Estados Unidos de América. Es un tratado global que ha sido negociado fuera de los parlamentos pero que cuenta con la intención de ser impuesto en todo el mundo.

La diferencia es que si se aprobara la SOPA, el Congreso de los Estados Unidos de América podría enmendarla o derogarla. Con ACTA, ni los estados miembros de la Unión Europea ni cualquiera de los firmantes del tratado podrán modificar sus leyes de copyright, patentes o derechos de autor, bloqueando cualquier proceso legislativo que modifique en lo más mínimo cualquiera de las leyes restrictivas que convierten a los ciudadanos en delincuentes del Copyright y les aplica penas de cárcel.

Si finalmente se aprueba ACTA, la industria del entretenimiento podrá presionar libremente cualquier sector en Internet bajo la amenaza de sanciones penales. Los intermediarios (ISP por ejemplo) serán forzados a aplicar esquemas de bloqueo, filtrado de comunicaciones y borrado de contenido automatizados, cercenando las libertades de información y expresión de los usuarios de Internet.

La Comisión Europea solicita la cooperación entre los titulares de derechos y los proveedores de servicio de Internet como una forma de “medidas extra-judiciales” o “alternativa a un juicio”. Esto es un traspaso de las funciones de vigilancia y recabar pruebas delictivas desde los cuerpos de seguridad hacia los proveedores de servicio, que serán los responsables de hacer dichas labores. Y no solo eso, si no que también ejercerán de jueces, ya que serán obligados a decidir el tipo de sanción que aplicarán a sus propios clientes.

ACTA debe ser rechazado y enterrado, puesto que es un peligro para Internet y la economía, no solamente en la Unión Europea, si no para cualquier país firmante.
NACIONRED 31 de enero de 2012 | 13:47

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