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Denunciante Épico
| Nuevo Estatuto de Seguridad: Cárcel por uso de menores en delitos y disparos al aire
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5,00 | La utilización de niños para cometer delitos, los disparos al aire y la remarcación o modificación de terminales de los celulares, serán castigados con cárcel de acuerdo con el nuevo estatuto de seguridad ciudadana aprobado por la Cámara de Representantes y que ahora pasa a conciliación con el Senado, antes de ir a sanción presidencial para entrar a regir.La nueva norma establece que los allanamientos se podrán realizar las 24 horas del día y no solo de 6 de la mañana a 6 de la tarde, como ha venido rigiendo, pero de todas maneras se requerirá previa orden judicial.
En cuanto a términos procesales, la Fiscalía dispondrá de 90 días para formular una acusación; 45 días para la audiencia de acusación, y un máximo de 2 años para la imputación de cargos o archivar el caso.
El Estatuto de Seguridad Ciudadana endurece las penas para diferentes delitos.
Contempla 10 y 17 años de cárcel para quienes usen menores de edad para delinquir y de 1 a 4 años de presidio para quienes hagan disparos al aire.
Si la “bala perdida” causa heridas o muerte, la pena contemplada dependerá de la lesión y será fijada de acuerdo con el Código Penal.
La práctica de utilizar a menores en la mendicidad tendrá penas entre 7 y 12 años de prisión.
Las personas que manipulen, remarquen o modifiquen los terminales de los celulares, pueden ser castigados con penas de 6 y 8 años de cárcel. Otras penas son las siguientes:
El porte ilegal de armas, 9 y 12 años de cárcel.
La financiación de grupos delincuenciales 13 y 22 años de cárcel.
El tráfico de estupefacientes, pena mínima de 10 años y pena máxima hasta 30 años de prisión.
Además se aumenta la pena, hasta 8 años, para los menores que cometan homicidio doloso, secuestro extorsivo o agresión sexual.
Los menores pagarán su condena en centros de atención especializada y no podrán obtener la libertad a los 21 años, como ocurre ahora.
Permanecerán recluidos hasta que paguen los ocho años que les han impuesto.
La comercialización de autopartes robadas, se castigará con penas de 4 a 12 años de cárcel.
La comercialización de medicamentos entregados al Sistema de Seguridad Social, de 2 a 4 años de presidio.
Igualmente , se sancionará penalmente a quienes bloqueen líneas de servicios, como las troncales del servicio público de transporte o de empresas como teléfonos, electricidad, acueductos, gas y similares.
La nueva ley también fija los parámetros para las interceptaciones telefónicas y establece que se podrán hacer pero con previa orden de un fiscal en los casos en que haya “motivos razonablemente fundados”. http://www.radiosantafe.com/2011/05/...paros-al-aire/ |
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