Cita:
Iniciado por Will... El dolo eventual es cuando el agente prevee que puede causar el resultado y sin embargo lo deja al azar
Por ejemplo:
Va un tipo a matar a otro y comienza a dar tiros a diestra y siniestra...entre esos tiros uno por demalas le da a un niño...No queria matar al niño pero por causas del aleas paso.... Seria justo condenarlo por cadena perpetua? |
No habia leido su comentario...y en efecto la redacción como la de todos los tipos dolosos del codigo penal..implicaria el dolo eventual...además la redacción establece que "podrá" establecer la pena...es decir lo deja a ponderación del Juez teniendo en cuenta la gravedad del hecho..de todas formas un homicidio con dolo eventual sigue siendo un homicidio doloso...cosa diferente un homicidio en defensa propia...