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Antiguo 09-04-2011 , 14:19:13   #3
Kperuzzo
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Predeterminado Respuesta: 18 preguntas (y respuestas) sobre el proyecto antipiratería en Colombia

13. Si alguien en Facebook, Twitter u otra red social comparte un contenido protegido por derechos de autor, ¿puede ir a la cárcel?

A diferencia del caso del bloguero, aquí el usuario no tiene ningún riesgo –solo que se borre o bloquee el contenido–, pues en estos servicios no tiene posibilidad de vender publicidad.
Publicar enlaces no está penalizado. El internauta puede acceder, descargar o compartir información y archivos por medio de hipervínculos, sin que esto le represente responsabilidad civil ni penal. Lo que estará penalizado es la publicación o puesta a disposición de contenidos protegidos por derecho de autor sin la debida autorización.
14. Si una persona vende un DVD pirata, un libro descargable en formato PDF u otro, un CD de música en su propia tienda virtual, o en sitios de comercio o subastas, ¿puede ir a la cárcel?


En teoría, sí: se está lucrando con obras que están protegidas por derechos de autor.
Sin embargo, no está claro si practicar la piratería ‘caseramente’ sea suficiente para ir a prisión. ¿La cantidad de obras vendidas, los ingresos percibidos o el tiempo de práctica de la piratería influirían en las decisiones?
15. ¿Se empezarán a ver en Colombia casos de multas ridículas –millonarias– por descargar o compartir música o películas, como ocurre en Estados Unidos y otros países?

Por lo pronto, el proyecto no contempla multas para los usuarios de Internet que descarguen o compartan obras protegidas.
16. ¿Por qué en lugar de criminalizar el acceso a los contenidos, no se promueve que haya más disponibilidad comercial de estos? ¿Por qué no podemos contar con un iTunes Store en Colombia?

La pregunta parte de una premisa muy válida: no todos los que bajan contenidos de Internet lo hacen para no pagar por ellos, sino porque no se consiguen (por ejemplo, producciones musicales europeas) o son excesivamente costosas. Si la tienda iTunes Store, de Apple, ha sido un éxito y distribuye más música que muchos sitios y servicios que no pagan sus derechos de autor, ¿por qué no en Colombia?
En el país –y en otros de Latinoamérica– no hay una iTunes Store porque las negociaciones con las casas disqueras han sido aún más difíciles que con la poderosa RIAA de Estados Unidos, lo cual, probablemente, demuestre que la industria local todavía no ha entendido el potencial de negocio de Internet. Ve la amenaza, pero no ve la oportunidad.
Sin embargo, para responder la pregunta, hay que empezar por decir que las normas no deben depender de la oferta comercial (aunque podría ser algo deseable). Que las disqueras y otras industrias de contenidos evolucionen al nuevo mundo no depende de esta Ley. Y, por otra parte, sí existen en el país algunos servicios de descarga o reproducción en línea de música, aunque su catálogo no sea el más completo ni la experiencia y facilidad de uso sean comparables a una tienda como la de Apple. En este enlace de la DNDA se presentan 8 servicios gratuitos o comerciales.
17. En resumidas cuentas, ¿en qué nos afecta a los usuarios –consumidores de contenidos– esta Ley?

En teoría, por descargar o compartir contenidos sin fines de lucro, no se afecta a los usuarios de Internet. El proyecto de Ley se centra en los ISP, los prestadores de servicios de almacenamiento y otros relacionados con Internet, y en los que publican o distribuyen contenidos ilegalmente.
18. ¿Quiénes tendrán la última palabra sobre el bloqueo de un sitio o las sanciones a quienes violen la Ley?

A diferencia de lo que ocurre en otros países con sus nuevas leyes, este proyecto propone que sea el Poder Judicial –los jueces– el encargado de exigir bloqueo o eliminación de contenidos, o de sancionar a los responsables de publicar o comercializar sin permiso obras protegidas por derechos de autor.
Seguramente surgirán muchas preguntas nuevas sobre este proyecto, en parte porque algunos apartes de su texto se prestan para distintas interpretaciones, y también porque cada uno de los interesados (autores, gremios, ISP y, por supuesto, los usuarios) desearán saber más qué cambiará cuando este proyecto se convierta en Ley de la República.

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