Respuesta: N o s e d e j e e n g a ñ a r c o n l a p r u e b a d e a l c h o l
Excelente información, creo que con esta parte....... "Además, la Resolución 000414 de 2002 del INMLCF de Colombia establece que el equipo utilizado DEBE TENER LOS CERTIFICADOS DE CALIBRACION RESPECTIVOS y VIGENTES. Usted, como ciudadano tiene el derecho a exigir que le muestren tales Certificados, y la persona que practica la prueba debe tener idoneidad y capacitación DEMOSTRABLE en el manejo del instrumento." Lo dejan a uno quieto sin hacerle nada, porque como son en este país no tienen eso a la hora de hacer las cosas.
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