Respuesta: engo unpromma juridico
la verdad es que si puedes demostrar la infidelidad de la "Dama", se podria configurar el incumplimieno de las obligaciones maritales, de no poderse demostrar se tendria que proceder a la liquidación de la sociedad conyugal y/o marital, en la cual se liquidaria lo conseguido dentro de los cuatro meses de matrimonio, tendrias que entrar a demostrar que propiedades y/o negocios ya existian antes del desventurado matrimonio, de los cuales solo tendria derecho la susodicha "dama" a la mitad de los gananciales, los negocios y/o propiedades adquiridas con posterioridad al matrimonio si hacen parte de la sociedad conyugal y les pertenecea ambos. Este es un proceso un tanto largo y tedioso, pero es factible.
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