21-06-2010
, 14:59:32
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#5 |
Denunciante Mega
| Respuesta: La Tetera de Russell Cita:
Iniciado por RAP En derecho, la carga de la prueba le corresponde al que acusa a una persona de la comisión de un delito. siendo así que el imputado o acusado no tiene que probar su inocencia, pues esta se presume, sino quien lo acusa tiene que demostrar que es culpable. | Fíjate lo bonito del asunto, en un proceso penal, si yo digo: "anoche no fui a cine" (negación definida simple), no me corresponde probarlo, sino, que quien manifieste que sí fui, soporta la carga de la prueba y debe demostrarlo, porque se presume que está diciendo: "Castro Ruz si fue a cine anoche" (afirmación definida simple). Por otra parte, en derecho laboral, es diferente, se aplica la "carga dinámica de la prueba".
__________________ "Prefiero morir de pie, a vivir arrodillado." |
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