Esta medida, que aplica para todo el territorio nacional, está incluida en el decreto 1800 de 2010.
El artículo 13 del decreto establece que la medida comenzará a regir a partir del próximo viernes 28 de mayo, a las 6 p.m. hasta el lunes 31 de mayo a las 6 a.m.
Si, como indican las más recientes encuestas de intención de voto, es necesaria una segunda vuelta de las elecciones presidenciales, la medida aplicará también desde el viernes 18 de junio a las 6 p.m. hasta el lunes 21 de junio a las 6 a.m.
Dicha segunda vuelta se realizaría el próximo 20 de junio.