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Antiguo 21-05-2010 , 09:32:07   #2
ΛSESORIΛ
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PixelSHERLOCK Finished Respuesta: Necesito un CONTADOR

OJO, lea detenidamente lo siguiente:

Artículo 29 del decreto 836 de 1991 contemplo:

Certificado de ingresos para trabajadores independientes.
Los trabajadores independientes no obligados a declarar, podrán reemplazar, para efectos comerciales, la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, mediante una relación privada de sus ingresos, retenciones y patrimonio debidamente firmada por el contribuyente. Esta relación no requiere presentación ante la administración de impuestos.

Adicionalmente, el artículo 41 del decreto 4929 de diciembre 17 de 2009 estableció:

Prohibición de exigir declaración de renta y complementarios a los no obligados a declarar. Ninguna entidad de derecho público o privado puede exigir la presentación o exhibición de copia de la declaración de renta y complementarios, a las personas naturales no obligadas a declarar de acuerdo con lo establecido en los artículos 592, 593, 594-1 y 594-3 del Estatuto Tributario. La declaración de dichos contribuyentes, se entenderá reemplazada con el certificado de ingresos y retenciones en el caso de los asalariados, y cuando se trate de trabajadores independientes cuyos ingresos se encuentren sometidos a retención, con el certificado de que trata el artículo 29 del Decreto 836 de 1991.

En este orden de ideas, para que un trabajador independiente pueda certificar sus ingresos, basta con que haga una relación de sus ingresos, retenciones y patrimonio y lo firme. Esto es válido para efectos comerciales y tanto para entidades públicas como privadas.
Obsérvese que la norma no exige que dicha relación sea firmada por contador público, más sin embargo se ha impuesto la costumbre de exigir al trabajador independiente una certificación de ingresos firmada por contador público, certificación que nada tiene que ver con el contemplado por la norma.
Este punto es importante puesto que no siempre un contador público puede certificar a una persona que no está obligada a llevar contabilidad.

ΛSESORIΛ no está en línea   Responder Citando
 
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