Respuesta: Retiro de cesantias
Si bien esta claro por todos que las cesantias solamente pueden ser retiradas para compra o reforma de vivienda o para educacion. ello es correcto
pero aclaro que para retirar las cesantias para reforma de vivienda no necesariamente tiene que estar la vivienda a nombre de el empleado beneficiario; es decir que si vive en casa arrendada puede hacer retiros para reforma de vivienda independiente de quien figure como titular en la escritura sea un familiar, un extraño, etc.
ya los requisitos para el control de la debida aplicacion de las cesantias la ley da unos parametros que las empresas los amplian o los aplican tal cual y es ahi donde fallan muchas empresas al ampliar o interpretar mal los paramtros de control.
en resumen si no tenes vivienda propia podes retirar tranquilamente las cesantias para reforma de vivienda
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