Respuesta: prestacion de servicios
El contrato de prestación de servicios, por su misma naturaleza, no genera ningún tipo de obligación en cuanto al pago de prestaciones sociales, puesto que se trata de un contrato meramente comercial y, en ningún caso, laboral.
Eso en cuanto a que, en realidad, se trate de un contrato de este tipo. Lo que pasa es que hay muchas personas y empresas, que tratan de disfrazar un contrato laboral con cualquier otro tipo de contratación, con el fin de no cumplir con las obligaciones que genera la relacióin laboral.
Si lo que se trata es de este último caso, hay que probar que se cumplen con los requisitos para que se desvirtúe el contrato de prestacion de servicios y, en su lugar, se configure un contrato laboral: La prestación personal del servicio, la subordinación, el cumplimiento de horario y el pago de un salario como tal y no como honorarios, como es la costumbre de hacerlos figurar.
Si cumple con estos requisitos, no dude en hacer cumplir sus derechos.
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