Respuesta: Nuevo contrato de matrimonio CAPITULO III. DE LAS RELACIONES SEXUALES ART. 11 El presente contrato obliga a la esposa a tener sexo en la situación, momento y circunstancia en que el esposo lo requiera, sin demoras, ni excusas. Así mismo se deja expresa constancia que el esposo podrá hacer uso de todas las partes del cuerpo de la esposa, sin limitaciones, ni condicionamientos. ART. 12 En caso que la esposa se encuentre imposibilitada de cumplir con el artículo 11, el esposo automáticamente queda posibilitado a procurar cualquier sustituto que sus deseos encuentren apropiado, incluso fuera del hogar conyugal. ART. 13 En caso que el esposo no se encuentre en su mejor estado físico y mental para llevar a cabo un encuentro sexual sugerido por la esposa, la sola frase "No me jodas" será suficiente para que la esposa abandone su intento. Al efecto bastará que la frase precedente sea pronunciada una (1) sola vez, caso contrario la esposa infractora deberá someterse a las penalidades previstas en el capítulo V. ART. 14 El esposo está facultado a salir del hogar para reunirse con los amigos que estime conveniente, quedando expresamente habilitado para llevarlos hasta el hogar, toda vez que así lo desee. En este último caso la nevera y la despensa deberán estar siempre provistas de suficiente alimento y bebida, precaución que la esposa no deberá olvidar, para satisfacer debidamente la demanda de sus amigos. ART. 15 La esposa está facultada a tener (1) una amiga, en adelante "La otra bruja", quien tendrá los mismos derechos y regimenes de visita de la vieja esa. CAPITULO V: DE LAS PENALIDADES Y SANCIONES ART. 16 Si la esposa incurre en actos indecorosos, que pongan en juego la moral del matrimonio, o que no cumpla con las cláusulas del presente contrato, automáticamente perderá todo derecho, por lo que deberá abandonar el hogar matrimonial, en un lapso no mayor a los cinco (5) min de producido el in suceso. Se deja expresa constancia que sólo en esta situación, podrá hacer uso del aparato telefónico para llamar a la vieja esa, o eventualmente a la otra bruja, quienes serán las únicas y no otras las personas destinatarias de esa llamada., De ser necesaria su presencia fuera del régimen de visitas ya establecidas, la vieja esa y la otra bruja se comprometen a presentarse en no menos de quince (15) min, después de la llamada, para llevarse a la infractora. ART. 17 En caso que el esposo, deba ser sometido a juicio por alguna mala conducta o falta de observación a alguna de las claúsulas del presente contrato, los cuatro amigos de este, de mayor antigüedad, deberán formar un Jurado revisor, quienes determinarán el grado de culpabilidad. Aceptado el presente contrato y leídas todas sus partes, se firma a los__________________ días, del mes de ________________del año ____________ En dos originales y copia. _____________________ _______________________ Firma del esposo Firma de la esposa CC CC
__________________ ANTANITAS. |