Respuesta: demanda por posesion
Bueno, primero varias aclaraciones y algunas preguntas:
Usted dice que se casaron en Venezuela hace 19 años, por lo civil; este matrimonio es perfectamente válido para las leyes colombianas, aún cuando fuera civil y en el exterio.
Cuando se divorciaron, según parece por lo que usted narra más adelante, muy seguramente sólo lo hicieron de hecho, es decir, lo que se llama separación de cuerpos, nunca hicieron la liquidación de la sociedad conyugal, puesto que si la hubieran hecho la casa hubiera sido dividida en su época, ¿estoy en lo cierto?
Si en la actualidad las escrituras de la casa dicen que es de los dos, PUES ES DE LOS DOS, independientemente del tiempo transcurrido, puesto que para que fuera distinto y su padre quisiera que sólo figurara él, tendría que haber iniciado un proceso de adquisición por prescripción adquisitiva, pero no es el caso, y de hacerlo sería muy fácil vencerlo en juicio.
Le repito que su papá sería vencido con facilidad en un eventual proceso, además que aquel sería un proceso civil ordinario, que son larguísimos y para ese entonces ya el municipio habría aplicado la expropiación restitutiva; lo mejor que puede hacer es recomendarle a su mamá que vendan el inmueble al municipio y dividir la plata con su papá.
|