Respuesta: embargo y prescripcion
La hipoteca es una garantía real que se ofrece con el fin de dar seguridad al préstamo de dinero, en este caso. Se cosntituye por medio de escritura pública y se levanta por medio de otra escritura pública, cuando se hayan cumplido los requisitos para tal fin, el pago en lo que nos ocupa. Como escritura pública, en términos generales, no prescribe ni caduca. Ahora, si el banco no ha interpuesto un proceso ejecutivo hipotecario, es del resorte de ellos, pero no por eso puede pensarse en que se puede dejar de cumplir la obligación, pues el banco está en libertad de iniciar el proceso en el momento que escoja, después de su incumplimiento. El hecho que no esté embargado quiere decir que el bien no ha salido del comercio, o sea, que se lo puede vender, pero el comprador, al ya estar inscrita la hipoteca para el conocimiento de todos, tiene que correr con los riesgos que genera esa compra: Pagar la deuda más los intereses pactados y de mora, enfrentar el proceso hipotecario que se pueda generar, con el pago de gastos y costas judiciales, pago de honorarios de abogados, etc y con la gravedad que puede perder el bien comprado, sin poder alegar desconocimiento o buena fe en la compra.
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