Ome!! La ley 48 de 1993, establece que todos los varones colombianos están obligados a definir su situación militar a partir de la fecha en que cumplan su mayoría de edad la cual es 18 años.
Para que los ciudadanos colombianos puedan definir su situación militar, es necesario que se inscriban ante el distrito militar respectivo el año anterior a que cumplan su mayoría de edad.
La norma que regula la materia establece diferentes modalidades para prestar el servicio militar, la cual está sujeta a la disponibilidad de cupos y necesidades de las fuerzas.
Estas modalidades son: a) Como Soldado Regular, durante 22 meses. b) Como Soldado Campesino, durante 18 meses. c) Como Soldado Bachiller, durante 12 meses. c) Como auxiliar de policía bachiller, durante 12 meses.
La única excepción para que un menor de edad preste su servicio militar, es en un Colegio Militar. En estos establecimientos educativos, tanto hombres como mujeres prestan un servicio militar que puede ser voluntario u obligatorio (según el colegio) durante tres años (Grados Noveno, Décimo y Undécimo), y tienen la posibilidad de obtener un diploma de bachiller y la Libreta de Reservista de Primera Clase.
Sin fuerzas armadas Fuerzas armadas de reclutamiento voluntario o profesionales Servicio Militar obligatorio, próxima abolición (menos de 3 años) Servicio militar obligatorio
Donde esto no existiera nos cogia Chavez, las guerrillas, paras, ladrones y cuanto hampon hay en este pais y nos vuelve mas chicuka de lo que estamos... Y SI AL SERVICIO MILITAR