Respuesta: retencion de documentos
Los piques no son delito por si mismos. Lo son en el momento en que tienen como consecuencia las lesiones personales o la muerte de uno o varios participantes o de terceros. Sin embargo, si es una actividad peligrosa inherente a la conducción de vehículos, por lo que se debe restringir en aras a la labor preventiva de las autoridades de tránsito y de policía. Por si mismas son contravenciones a las normas de tránsito y a las de policía, pues siempre conllevan las conductas de conducción peligrosa, exceso de velocidady, puede que modificación sin permiso de vehículos o conducir en estado de embriaguz o bajo el influjo de sustancias, etc., También pueden contravenir las normas sobre tranquilidad pública y la de libre circulación para terceros, y otras más.
Ninguna de estas infracciones dan lugar a la retención de documentos ni la de los vehículos, excepción hecha de los licores y fármacos, por lo que no se puede por parte de las autoridades policivas incautar o retener los documentos personales de quien esté participando, y menos, de quien observa, pues, repito, no están cometiendo delito alguno. solamente pueden aplicar las normas del código de Tránsito, en lo que se refiere a multas e inmovilizaciones de los vehículos por las infracciones que den lugar a eso y las de prevención policiva para prevenir la tranquilidad pública.
Hay que tomar en cuenta que las autoridades policivas están cumpliendo con su deber y que los infractores de las normas son los participantes, por lo tanto, el policía no es el enemigo, pero si abusa de su función, hay que infromar ante la misma institución para que se le abra un proceso disciplinario en control interno o acudir a los organos de control estatales para denunciar los posibles atropellos.
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