Respuesta: no pagan arreindo que se hace y no hay compromiso de arriendo
Perdón a Millos pero este no es el procedimiento para estos casos.
Se puede optar por el paso más sencillo que es el que dice Luisanchez.
En caso que él no compareciere o no aceptare la obligación se tiene que hacer, ante un juzgado una petición para un interrogatorio de parte, en donde se cite al señor arrendatario y se le formula un interrogatorio bajo la gravedad del juramento. Este interrogatorio debe ser elaborado por su abogado. Esto es más efectivo porque, como ya lo anoté se lo hace baja juramento y mentir en este caso puede traer malas consecuencias para el mentiroso.
Una vez efectuado el interrogatorio y si las respuestas fueron satisfactorias el juez ordena la elaboración del contrato de arrendamiento de ese inmueble y ese contrato tiene plena validez.
Con ese contrato ya elaborado, su abogado debe iniciar un proceso de Restitución de bien inmueble arrendado, tomando como base el incumplimiento en el cánon mensual de arrendamiento y dentro de este proceso puede pedir el pago total de lo debido por arrendamiento, por servicios o por alguna otra obligación que se haya pactado y además solicitarle al juez que se le autorice la retención de bienes. También se puede pedir medidas cautelares.
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