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Predeterminado Víctima de robo condenado: deberá indemnizar a sus asaltantes Calificación: de 5,00

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Los dos presuntos asaltantes seguirán enfrentando un juicio por los delitos de hurto calificado y agravado. (Twitter)
En Colombia la víctima de un atraco fue condenado a dos años de cárcel y tuvo que indemnizar a los ladrones con 640 dólares.

Los presuntos delincuentes pretendían robarle la bicicleta a la víctima en el sur de Bogotá, cuando intentaron hacerlo este reaccionó y les disparó.

El caso fue llevado a juicio e inexplicablemente la víctima pasó a ser victimario y terminó siendo judicializado por la Fiscalía. En el documento aprobado, el joven reconoció su responsabilidad en el hecho por el cual fue sentenciado a dos años de prisión.

“Injusto lo que hacen con la gente de bien, me jodieron por un ladrón (…) Gente como yo que trabaja tiene que pagar injustamente por un criminal como esos”, manifestó el hombre que fue condenado.

El ente acusador lo judicializó por el delito de tentativa de homicidio y no tuvo otra opción que firmar un preacuerdo para evitar una larga condena.

“La condena es un exabrupto”

PanAm Post habló con el abogado Mario Daza, quien explicó que la judicialización de la víctima es un exabrupto.

A su juicio, hubo legítima defensa porque se estaba protegiendo un bien jurídicamente tutelado que es la vida, si la persona no acertó es otra cosa, dijo.

“Hubo inmediatez, hubo proporcionalidad. No se trató de una riña sino de un hurto y por tanto, la persona reaccionó como debía ser, de acuerdo con las exigencias del artículo 32 del Código Penal colombiano”.

Y añadió que se debe aplicar la preclusión del caso, conforme al auto de la Corte Suprema de Justicia, Sala Penal del 15 de marzo de 2018, en el que se dijo que “aun cuando el atacado no haya comenzado a sentir los efectos físicos del ataque tiene el derecho a defenderse y, en este evento, su defensa será justa, es decir, con el solo hecho de la intimidación”.

Por su parte, el abogado penalista Donaldo del Villar siguió la misma línea de defensa y manifestó que es un error tanto de la Fiscalía como del asesor de la víctima.

“Lo primero por cuánto en el contexto situacional y conforme con el principio de objetividad debió asumir que actuó en legítima defensa proporcional y en cuanto a lo segundo porque debió contemplar esta excluyente de responsabilidad como el mismo miedo insuperable”.

Los dos presuntos asaltantes seguirán enfrentando un juicio por los delitos de hurto calificado y agravado.

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