13-09-2018
, 10:35:42
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#23 |
Denunciante Épico
| Respuesta: Tener sexo en un aula no debe ser causal de expulsión: Corte Constitucional Cita:
Iniciado por cesar coy Eso pensé. No me imaginé que hiciera falta aclararlo. Y revisando los aportes anteriores de todos los foristas...concluyo que sobraba hacerlo. | Cada loro en su estaca.
Los manuales de convivencia de los establecimientos educativos reglan la manera como debe funcionar la comunidad escolar. Nada más.
Cualquier conducta que trascienda este específico ámbito tiene sus propias reglas como conductas penales, civiles o laborales: acoso sexual, desmejora salarial o tráfico de drogas, por ejemplo.
Desde esa perspectiva hay que entender el fallo de la Corte Constitucional. Como cualquier ordenamiento jurídico, estos manuales de convivencia deben sujetarse a la Carta.
Por tanto, deben ir acordes con los principios fundamentales, uno de los cuales es que una conducta, para ser sancionada, debe estar previamente contemplada en el respectivo ordenamiento.
De no ser así, daría lugar a múltiples abusos, en este caso de convivencia, como de la noche a la mañana prohibir las minifaldas, las muestras de afecto o los tatuajes, por ejemplo, sin que esto haya sido reglado en el respectivo manual de convivencia.
Muchas veces ha intervenido la Corte para frenar los abusos de los manuales de convivencia. Ver aquí. Y éste es uno más, en el que se reitera que no pueden ir en contra de la Constitución.
Respecto a los vacíos, deben llenarse de acuerdo con la abundante jurisprudencia sobre el tema y los principios fundamentales de la Constitución. No sirven, sino apenas como ejemplo, ordenamientos similares ya que cada cual reglamenta una comunidad educativa determinada y no existe un estatuto disciplinario para los colegios del país debido a la autonomía educativa.
Finalmente, resulta absurdo señalar que los vacíos de los manuales de convivencia deben llenarse con los códigos penales, por ejemplo. No se pueden revolver peras con manzanas. Si una conducta cometida dentro de un establecimiento educativo viola el código penal, pues se cometió un delito y debe tratarse de esta manera por haber trascendido el ámbito disciplinario.
Última edición por Heráclito; 13-09-2018 a las 10:41:24 |
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