23-08-2018
, 17:45:29
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#5 |
Denunciante Épico
| Respuesta: Tiembla la Colombia Humana de Gustavo Petro Cita:
Iniciado por +Wilfred Por lo poco que sé, los umbrales son determinados por las elecciones legislativas. Si un partido o movimiento no alcanza el umbral en las elecciones para organismos legislativos, el partido o movimiento no recibe la personería jurídica, o si ya la tenía, la pierde hasta la siguiente elección, donde la puede obtener de nuevo.
El problema es que Petro no se inscribió por ningún partido o movimiento político que no contaba con la personería previo a las elecciones y de ahí a que el reconocimiento de su movimiento político esté frenado.
Enviado desde mi moto g(6) plus mediante Tapatalk | Si, eso lo sé, pero la situación es inédita y habría que conocer la ponencia del magistrado Armando Novoa que está de acuerdo con darle la personería jurídica a su movimiento.
Son situaciones excepcionales que deben tener soluciones excepcionales como sucedió con las curules de las Farc que, pese a apenas haber obtenido 50.000 votos no se le tuvo en cuenta el umbral en virtud de los acuerdos de paz y hoy gozan de personería jurídica.
Cuando se estableció lo de los umbrales no existía el estatuto de la oposición y en él se contempla otorgarle curules al perdedor de la segunda vuelta estimándose la legitimidad de su llegada al congreso por la copiosa votación popular a su favor.
Ahí se podría dar una interpretación jurisprudencial respecto al movimiento que representa pues resulta insólito que su líder obtenga 8 millones de votos, tenga curul y su movimiento no tenga la posibilidad de existir por no alcanzar el umbral.
Es un tema bien interesante desde el punto de vista jurídico. Infortunadamente, el CNE son fichas políticas y no tienen la calidad de juristas y sólo se atienen a la ley al pie de la letra. Supongo que hacia el futuro conocerá el Consejo de Estado y se dilucidará en derecho el problema. |
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