Ver Mensaje Individual
Antiguo 01-12-2017 , 18:28:14   #25
jav01
Usuario Expulsado
Denunciante Ultra
No Tiene Avatar Configurado
Me Gusta
Estadisticas
Mensajes: 8.938
Me Gusta Recibidos: 4762
Me Gustas Dados: 1277
Ingreso: 20 feb 2008

Temas Nominados a TDM
Temas Nominados Temas Nominados 26
Nominated Temas Ganadores: 0
Reputacion Poder de Credibilidad: 0
Puntos: 131074
jav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Diosesjav01 Asesino De Dioses
  
Kaffeetrinker 2 Respuesta: Por un voto, el Congreso hunde las 16 circunscripciones de paz

Cita:
Iniciado por Sanabria Ver Mensaje
Cita:
Iniciado por SpitfireII Ver Mensaje
Ya andan argumentando los de la Unidad por la Mermelada Roja que la mayoría era otra, que uno votó aunque tarde, que hagan de cuenta que sí fue aprobada... las monjas anticorrupción deben tener una sustentación bien montada.
Cita:
Iniciado por cesar coy Ver Mensaje
El argumento es que al haber 3 Senadores retirados de su cargo, el numero total de ellos no es 102 sino 99.

Caso en el cual 50 sería la mayoría decisoria.

Sobre la intencion de revivir el acto legislativo:


Comunicado

El Centro Democrático rechaza las pretensiones del Gobierno Nacional de querer cambiar la Constitución para revivir el acto legislativo de las 16 circunscripciones especiales, a pesar de que este quedó hundido el martes pasado en la Plenaria de Senado.

En ese sentido, el Partido manifiesta que:

1. La Conciliación de las circunscripciones fue sometida a votación el día 15 de noviembre, siendo aprobada por la Plenaria del Senado con algunos errores. El martes 28 de noviembre, y luego de haberse intentando el 22 de noviembre, la Plenaria del Senado aprobó la reapertura del informe de conciliación y procedió a votar dicho informe nuevamente, con algunas modificaciones realizadas, sin obtener la mayoría de votos necesarios. El artículo 161 de la Constitución es muy claro en decir que se entiende como negada la conciliación si en la segunda votación no se alcanzan los votos necesarios. Es decir que la votación por tercera vez este jueves fue totalmente ilegal.

2. Adicionalmente, la interpretación forzada del Gobierno, al asegurar que las circunscripciones sí fueron aprobadas, es errada. Quórum es el número mínimo de asistentes que se necesitan para deliberar o decidir, mientras que mayoría es el número de votos que se necesitan para tomar una decisión luego de conformado el quórum decisorio.

El Acto Legislativo 02 de 2015, que modificó el artículo 134 de la Constitución, estableció que para "efectos de conformación de quórum" se tendrá como número de miembros la totalidad de los integrantes de la Corporación con excepción de aquellas curules que no pueden ser reemplazadas.

El artículo sólo habla de quórum, mas no de mayorías. En ese sentido, el quórum decisorio de Senado pasó de ser 52 a 50, por cuanto hay 3 senadores con órdenes de capturas efectivas; pero la mayoría requerida por la Constitución y la Ley para la aprobación de los Actos Legislativos sigue siendo 52, que es la mayoría de los integrantes del Senado.

Las sentencias citadas por el Gobierno refuerzan este argumento. La Corte ha señalado que la mayoría absoluta en las corporaciones públicas cuyo número de miembros sea impar, será el número más próximo hacia arriba de dividir en dos la totalidad de sus miembros; mientras que cuando el número de miembros sea par, será el número que resulte de dividir en dos la totalidad de los miembros y sumarle uno.

El Senado de la República esta compuesto por 102 senadores; lo cual quiere decir que la mayoría absoluta es 52 miembros, mayorías que no han sido nunca modificadas, pues se encuentran así señaladas a lo largo de la Constitución: artículos 153, 375, entre otros.

Cuando el Presidente del Senado cerró el jueves la votación de la conciliación, el Secretario, que es el notario, anunció que la iniciativa había obtenido 50 votos por lo cual había sido rechazada, así los ciudadanos lo pueden escuchar en los audios.

3. Otro aspecto a tener en cuenta, es que a diferencia de ocasiones anteriores, el Presidente del Senado no anunció la re-configuración del quórum, de tal forma que la voluntad de la Plenaria, al no obtener los 52 votos requeridos por Constitución y Ley, fue rechazar el informe de conciliación.

4. Por último, tampoco se alcanzaron los 50 votos con los que el Gobierno pretende revivir el Acto Legislativo en el tiempo reglamentario, con lo cual se entiende negado el informe de conciliación.

El artículo 130 de la ley 5 de 1992, Reglamento del Congreso, estipula que el tiempo máximo de una votación es treinta (30) minutos. Revisando la grabación de los últimos segundos de la tercera votación de la conciliación, se puede observar como al acabarse el tiempo los votos positivos eran sólo 48 y es unos segundos después que aparece el voto 49. Es decir, el último voto fue consignado después de haber transcurrido el tiempo estipulado en el reglamento.

El Gobierno de nuevo presionó a senadores, incluso alguno votó con promesas de beneficios penales y carcelarios, otro expresaba su temor a retaliaciones violentas de Farc.

Invitamos a los colombianos a rechazar esta nueva trampa que el Gobierno Santos pretende en contra de nuestra democracia.

En 130 municipios, de un total de 167, que integran estas circunscripciones, dominan hoy grupos narcoterroristas de Farc, ELN y otras bandas. Estas 16 curules no son para las víctimas, al contrario, tienen nombre propio, son impuestas por Farc en su beneficio como victimarios.

El Gobierno Nacional una vez más atenta contra el Estado de Derecho y viola la Constitución y la Ley con el único propósito de complacer a las Farc.

Bogotá, 1 de diciembre de 2017.



¿Por qué quieren violar el rechazo del Congreso a las 16 curules para Farc?: Uribe



jav01 no está en línea   Responder Citando
 
Page generated in 0,10097 seconds with 11 queries