Respuesta: Por un voto, el Congreso hunde las 16 circunscripciones de paz Bueno, lo anterior era con respecto a las matemáticas. Ahora vamos con un aspecto un poquito más de ley.
Quisiera que me respondieran los zurdos que son tan letrados en todos los temas:
¿Quien declara la legalidad de los actos administrativos, legislativos o judiciales?
Más concreto:
¿Quien declara la legalidad de la votación de las circunscripciones especiales, llevada a cabo en el Congreso? (con esa pista, imposible que no sepan)
¿Puede otra autoridad, así sea el presidente, revocar de facto lo que el congreso ha declarado o decidido?
¿Puede otra autoridad, así sea el presidente, declarar aprobado algo que el congreso declaró no aprobado?
En el caso de que lo anterior no se pueda hacer, ¿cuál es el camino para derogar un acto o un auto administrativo?
Ahí les dejo para que lean este fin de semana.
Bah, a quien engaño. Eso nunca lo van a hacer... |