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Lluvia ̶E̶l̶ ̶d̶i̶c̶t̶a̶d̶o̶r̶ ̶S̶a̶n̶t̶o̶s̶ Gobierno solicitó anular fallo sobre "fast track" Calificación: de 5,00

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Gobierno solicitó anular fallo de Corte Constitucional que limitó el "fast track"


En el documento, radicado por la Agencia Jurídica del Estado, se considera que se presentó una violación al debido proceso. Se hacen varios cuestionamientos al papel del magistrado Carlos Bernal.






La Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado presentó ante la Sala Plena de la Corte Constitucional un recurso con el cual busca anular el fallo que limitó el uso del "fast track" para la implementación de los acuerdos de paz firmados entre el Gobierno y las Farc. En el documento se revela que se presentó una vulneración al debido proceso en el estudio de la demanda presentada en contra de los alcances de la mencionada figura.

El documento, revelado por BluRadio, cuenta con cinco puntos fundamentales para anular la decisión emitida el pasado 17 de mayo y que puso varios limitantes a la figura del "fast track" para el trámite de los acuerdos pactados en el Congreso de la República. La mayoría de los argumentos tienen que ver con el papel del magistrado Carlos Bernal cuyo voto fue definitivo en el debate.

En este punto se destaca que el magistrado se posesionó dos días antes del trascendental debate en la Sala Plena, hecho por el cual se presentó una violación al debido proceso por pretermisión de una etapa trascendental del juicio de constitucionalidad, referente al trámite del impedimento y recusación, en detrimento grave del principio de imparcialidad.

Consideran que Bernal no tuvo el tiempo para estudiar con dedicación el tema, ni tampoco resolvió las recusaciones que existían. Llaman la atención que el recién posesionado magistrado ya había hecho comentarios en foros académicos y en diferentes escenarios contra el proceso de paz, hecho por el cual se debía declarar impedido para participar en la discusión.

Por esto se considera que se presentó una violación al debido proceso al emitirse una decisión sin las mayorías constitucionales requeridas, "en la medida que uno de los cinco magistrados que apoyaron la decisión se encontraba materialmente en una situación de posible impedimento, que debía resolverse previamente y por ende no estaba habilitado para fallar".

En el documento de 53 páginas, firmado por Juanita María Lópe Patrón como directora encargada de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, se hacen varios cuestioanmientos a los argumentos expuestos en la decisión, considerando que se presentan inconsistencias e incongruencias sobre el papel del Congreso de la República cuando traten temas relacionados con el acuerdo.

"La hace inteligible en relación con la potestad o no del Congreso de la República para incluir modificaciones contrarias al contenido del acuerdo final", precisa el tercer punto del documento que hace referencia al hecho que no existe claridad sobre las funciones que deberá ejercer el Legislativo a la hora de tomar decisiones de fondo en este caso.

En la acción de nulidad se manifiesta que se presentaron cambios injustificados del precedente," según la cual la Corte venía considerando que hacer votaciones en bloque y restringir únicamente al Gobierno la posibilidad de introducir cambios a un proyecto de ley, en determinadas materias, no vaciaba de contenido ni sustituía las funciones legislativas".

El documento cuestiona seriamente el papel del magistrado Bernal puesto que considera que al momento de la discusión no tenía un conocimiento claro y amplio sobre el tema. Por esto se presentó una "violación al debido proceso por ausencia de deliberación suficiente, teniendo en cuenta que uno de los magistrados se posesionó un día antes de fallarse la demanda.



La Procuraduría General presentará un recurso en los próximos días ante la Corte Constitucional.

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