Las cifras no mienten. Solo por la expedición de leyes –aproximadamente 61 al año– cada una les cuesta a los colombianos 1.940 millones de pesos, que es el valor representado en el salario de los congresistas, el cual equivale a más de 12.000 millones de pesos cada año. Despilfarro total.
En cuanto a los decretos, en los últimos nueve años el Gobierno ha expedido cerca de 2.938, pero si contamos únicamente el salario del señor Presidente de la República, cada decreto nos cuesta cerca de 20 millones de pesos, sin tener en cuenta el impacto económico de las órdenes que como tal estos documentos obligan.
¿Y qué decir de las leyes inútiles?
De las más de 1.830 normas expedidas desde 1992, sobre las cuales no ha existido un control acerca de lo que se conocía antes como el prontuario de la legislación para saber qué estaba vigente o derogado y qué había sido declarado inexequible por la Corte Constitucional, se deben sumar más de 130 leyes por año que se expidieron desde 1886 hasta 1990.
Entre las más absurdas, porque solo ese nombre se les puede dar en la actualidad, están vigentes, entre otras, la ley 72 de 2008, que establece que quien ejerza el derecho al voto en el sector público u oficial se beneficiará con días compensatorios.
Nada más absurdo si tenemos en cuenta el nivel de abstención de este tipo de funcionarios. Se calcula, según informes de prensa, que al día el ausentismo en el Congreso supera el 30 %. Solo por dar un ejemplo.
La Ley 62 de 1887, que impide la importación de ciudadanos chinos a Colombia para cualquier trabajo sin perjuicio de lo que haya sido pactado con las empresas antes de la expedición de la presente norma.
Ley 88 de 1923, que prohíbe la venta de las bebidas alcohólicas a los menores de edad e impone sanciones a quienes comercialicen todo tipo de trago a los enajenados, ebrios o a personas que usualmente abusan del alcohol y que se afectan notoriamente con su consumo.
Ley 1335 de 2009, que prohíbe la venta de cigarrillos al menudeo. Actualmente en cualquier esquina de las principales ciudades se consigue quién venda uno o dos cigarrillos sueltos. Es decir, no hay nada más laxo que esta norma.
Código de Régimen Político y Municipal de 1914, que sostiene que los decretos o actos que expida el alcalde de turno deberán ser comunicados a bando, es decir, a través de un trompetero y un timbalero. Nada más arcaico y ridículo.
Ley 11 de 1920, que prohíbe la venta de jeringas y agujas sin formula médica. Actualmente y especialmente en los barrios de estrato medio o bajos, se consiguen en droguerías este tipo de materiales sin ninguna prescripción médica.
Desde 1918, por medio de un decreto, fue prohibida la mendicidad en Bogotá. Hoy en día hay más de 12.000 personas que viven en las calles de la ciudad y que están en esta condición. Entonces, ¿son ilegales? Y, por último, el artículo 21 de la Ley 119, que establece que el Estado debe enviar tres estudiantes al exterior para estudiar silvicultura, la disciplina de las selvas. Sin palabras.
Otras leyes inútiles que no se han hecho realidad, pero que han suscitado innumerables debates y cantidad de tiempo invertido de parte del “honorable” legislativo colombiano, son: Proyecto de Ley que prohíbe las tareas escolares y las reformas al escudo nacional sustituyendo al cóndor por un gallinazo y retirando el istmo de Panamá.
Aclaro: mientras que una ley de igual o superior jerarquía no diga que estas polémicas y obsoletas normas se encuentran derogadas, estas leyes seguirán vigentes y harán parte, gústenos o no, de nuestro ordenamiento.
Esto huele como a “mico u orangután” en el Congreso. ¿Quién responde?
HERNÁN ALEJANDRO OLANO
Director del Programa de Historia y Estudios Socioculturales
Universidad de La Sabana