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Denunciante Leyenda
| Ratifican facultad de Procurador general para destituir a funcionarios de elección popular
Calificación: de
5,00 | La Corte Constitucional no accedió a eliminar esa posibilidad, como lo contemplaban algunos afectados como Piedad Córdoba o Gustavo Petro. Procuraduría La sala plena del tribunal constitucional acogió la ponencia del magistrado Mauricio González Cuervo quien ratificó una jurisprudencia anterior que faculta al Procurador a imponer la destitución a funcionarios de elección pupular, según publica W Radio. Deje aquí su comentarioLa Corte negó la demanda instaurada por la exsenadora Piedad Córdoba contra el artículo del código disciplinario que entre las facultades del procurador le entrega la posibilidad de destitución por faltas gravísimas, recuerda por su parte El Espectador Según la demandante, Colombia ha suscrito compromisos internacionales de defensa de derechos políticos que prohíben la destitución de elegidos por votación popular. Esta sanción solo podría imponerla un juez después de un proceso penal. Sin embargo, la Constitución de 1991 establece que el procurador general sí puede hacerlo, recuerda la Corte. La Procuraduría ha impuesto sanciones entre 10 y 20 años de inhabilidad a funcionarios, previstas en el código disciplinario único, señala por su parte CM&. Por el proceso disciplinario al que fue sometida por el procurador Alejandro Ordóñez, la exsenadora liberal Piedad Córdoba perdió su credencial de senadora y recibió una inhabilidad de 20 años para poder volver a ejecer cargos púbicos, por sus presuntos vínculos con las Farc. La decisión deja sin piso los argumentos de varios de los sancionados, que esperaban que si la facultad se caía, sus procesos podrían quedar anulados, como es el caso del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro.
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