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Predeterminado Presidencia y Procuraduría impugnaron sentencia que restituyó a Petro Calificación: de 5,00

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Alejandro Ordóñez dice que Tribunal Superior de Bogotá "indujo en error" al Presidente Santos.

Uno de los principales argumentos de la Casa de Nariño para impugnar la tutela que le ordenó a Santos acoger las medidas cautelares de la CIDH es que ese fallo pone en tela de juicio una decisión tomada por el jefe de estado.

"Es una acción que está poniendo en tela de juicio una acción que hizo el Gobierno, entonces lo obvio es impugnarla", precisó Santos en declaraciones a medios radiales de la ciudad de Medellín.


El mandatario tomó esta decisión luego de analizar los alcances jurídicos de la tutela que le fue notificada por la Sala Especializada en Restitución de Tierras del Tribunal de Bogotá.


De otro lado, en el documento de impugnación de la Procuraduría, Alejandro Ordóñez solicitará que se suspenda la sentencia que reintegró a Gustavo Petro al Palacio de Liévano, luego del fallo del Tribunal que le ordenó al presidente Juan Manuel Santos restituirlo en el cargo como Alcalde de Bogotá.


"La decisión del Tribunal interpretó de manera incorrecta el Pacto de San José, donde queda claro que las medidas cautelares no hacen parte del bloque de constitucionalidad", señaló el jefe del Ministerio de Público, quien reiteró que Petro está de forma irregular en la Alcaldía porque sigue estando inhabilitado y destituido.


El Procurador se mostró preocupado por lo que consideró una irregularidad el hecho de que Petro esté fungiendo como Alcalde cuando las decisiones de la Procuraduría frente a su caso se mantienen intactas porque "en la decisión de la tutela nada se dice de ellas".


Ordóñez señaló que de acogerse definitivamente lo que ordena la CIDH se estaría dejando sin instrumentos disciplinarios al Estado colombiano.


"Esa circunstancia tendrá que valorarse no solamente para defender nuestra institucionalidad sino para fortalecer los instrumentos que permiten ejercer el control disciplinario de todos los funcionarios públicos", agregó Ordóñez, quien reiteró que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es un organismo político y no judicial.


En tanto, este viernes, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le rechazó a Petro la única tutela que había interpuesta él para que lo reintegraran en su cargo.

El Tribunal rechazó por improcedente la tutela del hoy alcalde al considerar que un fallo anterior ya tuteló sus peticiones.

La Sala de decisión consideró que si ya existía una decisión anterior del Tribunal Superior de Bogotá que había reintegrado a Petro a su cargo, ya la justicia le había concedido sus pretensiones.


“En circunstancias como la aquí evidenciada, la petición de amparo puede declararse fundada solo para efectos de indemnización y de costas, los cuales no se presentan en esta actuación”, señala el Tribunal.


Los magistrados no hacen en su decisión un análisis de fondo de los argumentos con los que Petro pedía la protección de sus derechos al debido proceso y a ser elegido.


REDACCIÓN JUSTICIA EL TIEMPO

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