Respuesta: Caso Petro-"Medidas cautelares sí son de obligatorio cumplimiento": Presidente de la CIDH La Comisión -ojo, la COMISIÓN- no tiene el poder que tiene la CORTE INTERAMERICANA, cuyos fallos y medidas cautelares sí son de obligatorio cumplimiento para los Estados miembros; se ha citado el caso de un funcionario mexicano que también había aplicado la de Petronilo, pero el Gobierno manito no acató las medidas cautelares de la Comisión, por lo que el caso de ventiló en la Corte y allí le dieron un jalón de orejas a la Comisión por haberse excedido en sus facultades, ya que recordemos, la Corte y la Comisión sólo tienen facultades supraestatales cuando al interior del Estado no se han cumplido las garantías mínimas de un proceso o el caso ha sido a todas luces ilegal y sumario. |