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Mor†al S†n
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en paracol se aprenden mañas....o no moñita...

DENUNCIA PÚBLICA CONTRA PRESENTADORA DE CARACOL, MARIA LUCIA FERNANDEZ.

Texto tutela de la sra. Ma Antonia Daza.

MARIA ANTONIA DAZA LOPEZ, identificado con la cédula de ciudadanía No 21039xxx de Ubala Cundinamarca, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Bogotá, acudo ante usted respetuosamente, para promover en nombre propio y/o de los demás, la presente ACCIÓN DE TUTELA, de conformidad con el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto reglamentario 2591 de 1991, con el fin de que se ampare el derecho constitucional fundamental a la vivienda digna que considero amenazado y vulnerado, por la orden de desalojo expedida por su despacho en la que incurre el Inspector de la localidad de SANTAFE.

Esta acción se fundamenta en los siguientes:

HECHOS

Habito en la Calle 6F 1A - 25 desde el año 1989 mas de 20 años como se puede calcular de manera quieta pacifica tranquila y a la vista de todo el mundo, de ello puede dar fe los vecinos y algunos comerciantes del sector, llegue allí a realizar el cuidado de la señorita SARA JHONSON persona que fallecio XXXXX, en su momento no se le conocio familia ya que era una persona soltera y sin un circulo familiar cercano.

Desde la fecha de su fallecimiento y alentada por una manifestacion de ella por escrito en que me dejaba el inmueble hizo la posesion quieta, pacifica y tranquila y a la vista de todo el mundo.

Desde hace aproximadamente 5 años aparecio la señora MARIA LUCIA FERNANDEZ JHONSON Y ALEJANDRO FERNANDEZ JOHNSON aduciendo que eran los dueños del predio que en su momento pertenecio a la señoria SARA JHONSON y que desde su muerte tengo la posesion quieta, pacifica y tranquila y a la vista de todo el mundo.

Indicaron los reclamantes ser hijos de una supuesta sobrina de la fallecida, allí presentarón unas escrituras que los reconocia como propietarios, es allí donde empieza una lucha legal con las irregularidades presentadas durante el curso del mismo, aquí se ha violado el derecho al debido proceso, ya que la señorita nunca mencionó tener familia.

Aparece en manos de los reclamantes, una escritura realizada en el municipio de Facatativa del año 2008 de una supuesta herencia del 2006 realizada por la difunta, junto a ello un juicio de sucesión del cual nunca tuve conocimiento, y creo tener todos los derechos de haber sido comunicada e invitada al mismo para rebatir en su momento tales demandas.

Se realizó una conciliación que fue fallida porque ningun momento acepte sus pretensiones y de la cual existio constreñimiento por parte de los señores MARIA LUCIA FERNANDEZ JHONSON Y ALEJANDRO FERNANDEZ JOHNSON, pero a un así la juez XXXXX encargada de llevarla a cabo dio por conciliada algo que no era sierto haciendome firmar con engaños y abusando que soy una mujer de la tercera edad y con poco conocimiento legal, realizarón una consignación de un dinero del cual fui informada en una cuenta creada por ellos pero que nunca reclame,

De esa consignación me enteero a la fecha que fue retirado por el abogado de los aquí mencionados como queda constancia en el banco XXXXX, del cual ustedes pueden pedir los certificados pertinentes.

Los abogados, que he tenido de un momento a otro abandonarón el proceso sin darme mayores explicaciones; mis abogados no han seguido actuando y me he enterado que es motivado por estos señores MARIA LUCIA FERNANDEZ JHONSON Y ALEJANDRO FERNANDEZ JOHNSON, que lo único que desean es dejarme sin un lugar donde vivir con mi familia, que la conforman menores de edad, adultos mayores que se encuentran delicados de salud y por supuesto la suscrita que me encuentro en un estado avanzado de edad y en condiciones no tan optimas de salud, ya que toda esta presión y engaños a que me he visto sometida por los mencionados, sus abogados y la misma juez han mitado y deteriorado aun mas mi desarrollo sicomotriz y mental poniendo en riesgo mi vida.

DERECHOS AMENAZADOS Y/O VULNERADOS

Considero que con la acción de desalojo ordenada por el juez y comisionada al inspector de Santafe, se amenaza y vulnera mis derechos que como adulto mayor tengo adquiridos constitucionalmente, entre ellos el derecho constitucional fundamental de vivienda digna, el consagrado en el ARTICULO 46."El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria. Según Ley 1251 DE 2008. "Por la cual se dictan normas tendientes a procurar la protección, promoción y defensa de los derechos de los adultos mayores" en su articulo 6 Deberes, numeral 1 Del Estado Ins n. En el otorgamiento de subsidios por parte de la Nación y sus entidades territoriales, se dará prioridad a los adultos mayores a fin de que accedan a los programas sociales de salud, vivienda, alimentación, recreación, deporte, agua potable y saneamiento básico. El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia. Esta garantía es la que permite promover esta acción constitucional de protección, cuyo fin es obtener el amparo oportuno y eficaz de la posesion que alego y que nunca he perdido y que deseo sea salvaguardar.

PETICIÓN

Señor Inspector: con fundamento en los hechos narrados y en las consideraciones expuestas, le solicito a usted respetuosamente TUTELAR en mi favor los derecho constitucional fundamental involucrados, ordenando se suspenda la diligencia de restitución del inmueble ubicado en la XXXXX y se tutele los derechos de la posesion libre, tranquila y pacifica que he hecho a la vista de todo el mundo.

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