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Así lo señaló el Procurador General de Colombia, Alejandro Ordóñez, luego de que la tutela proferida por findicó que el funcionario no ha sido notificado formalmente del despojo de sus competencias como alcalde de Bogotá.

Así lo señaló el Procurador General de Colombia, Alejandro Ordóñez, luego de que la tutela proferida por findicó que el funcionario no ha sido notificado formalmente del despojo de sus competencias como alcalde de Bogotá
El Procurador General de Colombia, Alejandro Ordóñez, informó este jueves que la tutela proferida por el tribunal administrativo de Cundinamarca, en la capital del país, indica que el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, no ha sido destituido formalmente debido a que no ha sido notificado el hecho, por lo que la sanción e inhabilitación aún no entra en efecto.

Al respecto, el corresponsal de teleSUR en Colombia, Milton Henao, indicó que “la tutela presentada por el ciudadano José Copardo Pérez es improcedente, toda vez que este fallo no se ha ejecutado por el Presidente de la Repúplica; una vez que el alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, sea notificado y enviado al presidente Juan Manuel Santos, será en ese momento cuando quede firme este fallo”, sobre este punto señala el corresponsal que las declaraciones del Procurador General indican que el fallo fue rechazado porque mantiene relación con algo que de momento no existe.

En este punto, el Fiscal General, Eduardo Montealegre también se manifestó sobre el caso del alcalde Petro, quien indicó que las emisiones cautelares que provienen de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos no serán procedentes; pese a ello reiteró que el organismo se encuentra dentro del orden constitucional colombiano, por lo que cualquier decisión proveniente de la CIDH deberá ser acatado por la justicia de esa nación.

Por su parte, algunos sectores de la política colombiana se han manifestado y comentado la necesidad de que se reforma la Procuraduría General de ese país y que resulta necesario que se haga enfasis en el punto relativo a las competencias de dicho organismo, según palabras del corresponsal Milton Henao.

Sobre el plazo máximo que dispone el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para retirar o ratificar la anulación del fallo del Procurador contra el alcalde de Bogotá, se sabe que puede ejecutarse en un plazo máximo de diez días; para ellos los miembros del Tribunal se reunirán en tres días para evaluar todas las tutelas interpuestas en defensa de Petro, para unificar criterios y fijar una postura definitiva ante la situación, desatada el 9 de diciembre, cuando el funcionario fue destituido de su cargo e inhabillitado por 15 años para cualquier actividad política por presuntas irregularidades en el nuevo sistema de recolección de desechos en la capital colombiana.

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