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Predeterminado El Procurador tumba matrimonio gay Calificación: de 5,00

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La tutela interpuesta por la Procuraduría en contra del matrimonio civil de una pareja homosexual realizado en el despacho del juez 48 de Bogotá el pasado 20 de septiembre, fue acogida por el juez 39 del mismo circuito.

El juez 48, en el uso de la libertad de interpretación de la sentencia de la Corte Constitucional -que permitió, a partir del 20 de junio de este año, que las parejas homosexuales integren una familia-, decidió denominar "matrimonio" a esa unión. Como lo reveló EL TIEMPO el pasado sábado, desde el primer momento esa decisión fue atacada por la Procuraduría, que tras considerarla una "interpretación grosera de la jurisprudencia" decidió entutelarla como una supuesta violación a los mandatos constitucionales.

El juez 39 le dio la razón al Ministerio Público y decidió dejar sin efecto el acto solemnizado por su colega.
Ahora, el caso pasará al Tribunal Superior de Bogotá y, casi fijo, la decisión final la deberá tomar la Corte Constitucional. En su demanda, la Procuraduría dice que el juez 48 carece “absolutamente de competencia" para llamar matrimonio a la unión de dos homosexuales. Entre sus argumentos está que “la institución que formalice y solemnice el vínculo jurídico entre las parejas del mismo sexo no es asimilable al matrimonio”.
Y agrega que “para que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, es necesario que se apruebe una reforma a la Constitución (...) Entre tanto no se dé el supuesto citado, se considera que la solicitud de matrimonio formulada no es constitucional ni legalmente viable y por tanto debe negarse”.

En Colombia, la Corte Constitucional legalizó la unión de las parejas del mismo sexo y le dio un plazo de dos años al Congreso para que legislara sobre el tema. Al cumplirse dicho periodo sin que el Legislativo se pronunciara, los notarios y jueces civiles (funcionarios con capacidad para realizar uniones civiles) quedaron en libertad para interpretar la orden de la Corte Constitucional. Eso fue lo que hizo el juez 48 civil de Bogotá, pero su interpretación es la que queda en el aire, al menos por ahora, debido a la tutela interpuesta por la Procuraduría.
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El procurador Alejandro Ordóñez celebró el fallo al aclarar que solo se debe hablar de "solemnización de uniones". "He coincidido y he afirmado que el matrimonio homosexual, como se le ha denominado, carece de fundamento constitucional y de fundamento legal, lo ha dicho la Corte Constitucional cuando al referirse al tema menciona la solemnización de esas uniones, pero jamás se le confiere la naturaleza de matrimonio", explicó. El director de la Fundación Marido y Mujer, Javier Suárez, también celebró el fallo del juez 39. En su opinión, ese matrimonio debía anularse porque “la Constitución de Colombia en el artículo 42 establece que el matrimonio es exclusivamente entre hombre y mujer y eso lo declaró exequible la Corte Constitucional en su fallo del 2011”. Según Suárez, "la parte resolutiva (de la sentencia de la Corte) habla de una unión contractual, por eso, lo único que tienen permitido las parejas homosexuales es un contrato civil y eso es lo que deben hacer los jueces”. El director de Marido y Mujer explicó que el fallo de la Corte fue interpretado “de manera correcta por los notarios”, quienes afirmaron que lo único que podían hacer era una unión solemne, “pero los jueces optaron por la vía de la interpretación, que es muy resbaladiza, pues lo pueden resolver como matrimonio o casamiento y esas figuras no son constitucionales”. Para Suárez, lo único que los jueces deben celebrar con las parejas del mismo sexo es un contrato civil que les permita tener garantías de salud, pensión, y heredar el patrimonio y las mesadas.

Por su parte, Germán Humberto Rincón Perfetti, abogado de la comunicad gay, indicó que “existe una persecución por parte de la Procuraduría que evidencia una agenda ideológica nunca antes vista en el país".
"Las anteriores procuradurías siempre dieron conceptos a favor de parejas y personas homosexuales, y ahora sin cambios constitucional ni legal, asistimos a un cambio de 180 grados”, añadió.
La concejal de Bogotá Angélica Lozano también rechazó la decisión. “Rechazamos el abuso de autoridad de la Procuraduría, del manoseo que ha hecho de la acción de tutela contra los derechos fundamentales de las parejas gay, en lugar de garantizarlos”, manifestó la también activista de la comunidad LGTB.
Finalmente, la cabildante agregó que aunque la comunidad LGTB acata el fallo del juez, lo impugnará. “Solo un juez de familia puede anular un matrimonio, este matrimonio está vigente, fue consumado y una tutela no puede tumbarlo”, concluyó.

El Tiempo, 3 de Octubre


El Supremo Inquisidor dedicado a vigilar con quien se acuesta el vecino mientras los corruptos hacen y deshacen en frente de sus ojos.

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Última edición por Misos; 05-10-2013 a las 12:28:04 Razón: Aumentar tamaño de la letra
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