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chorfan 15-06-2011 09:17:30

Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Mito No. 1:
“Las Fotomultas atentan contra el derecho a la intimidad”. “La filmación de una persona debe ser autorizada por un juez de la República o por el ciudadano mismo”.

¡Mentira! El artículo 137 del Código Nacional de Transportes y Tránsito Terrestre (CNTTT) le permite a las Secretarías de Tránsito que implementen medios tecnológicos para la detección de infracciones. No constituye en una “invasión a la intimidad”, puesto que toma parte en la vía publica, en calidad de conductores, peatones o pasajeros, que son roles que pueden tener implicaciones frente a otros actores que comparte la vía, y su acciones pueden afectar derechos fundamentales como la Vida y la Integridad Física.

Mito No. 2:
“las Fotomultas atentan contra la defensa y el debido proceso”

¡Mentira! Si el ciudadano se encuentra en desacuerdo con el comparendo, puede presentarse personalmente o por medio de un Apoderado, durante los siguientes once (11) días hábiles al recibo de la notificación del comparendo. Allí, puede solicitar una audiencia pública, durante la cual podrá presentar las pruebas que considere útiles para su defensa, y se le otorgan todas las garantías constitucionales y procesales que comprende el Derecho Fundamental al Debido Proceso.

Mito No. 3:
“las Fotomultas atentan contra el derecho al libre tránsito”

¡Mentira! Según el artículo 24 de la Constitución, todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio Nacional. Sin embargo, debe sujetarse a la intervención y reglamentación de las autoridades, entre ellas el Tránsito, que buscan garantizar la seguridad y comodidad de los ciudadanos en las vías públicas y privadas abiertas al público.

Ejercer la autoridad para controlar el incumplimiento de las normas de tránsito por parte de los ciudadanos no es una transgresión a la libertad de tránsito, sino una obligación constitucional. Con ella se busca proteger y garantizar otros derechos como el de la vida, la integridad física, la seguridad y la igualdad.

Los ciudadanos pueden estar seguros que el trámite contravencional desarrollado por entidades como la Secretaría de Tránsito de Medellín, a partir de medios tecnológicos, se encuentra dentro de los parámetros del debido proceso administrativo, fundamentado en los artículos 1,2, 11, 13, 15 y 29 de la Constitución Nacional, en los artículos 2º, 44 del Código Contencioso Administrativo, en los artículos 1º, 3º, 5º, 131, 129 y siguientes del CNT, además de la sentencia C-980 de 2010 de la Honorable Corte Constitucional.

chorfan 15-06-2011 09:21:52

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Así es que no se confíen

EL*BARTO 15-06-2011 09:35:44

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Buena info viejo... grcs

QUEMANTANALETA 15-06-2011 09:45:13

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
esta buena esa manera de pensar,,,pero estoy en contra de las fotomultas,,,y mas en un pais de estos,,,donde no agarran a un sicario??? como van a agarrar a los infractores de transito??? q falta de coherencia,,,,,,,,,ademas como van a implementar eso ,,si por ejemplo ,,tengo amigos en cali q si se demoran mucho en ciertos lugares esperando a q cambie el semaforo los roba,,,,,,osea q puuuuuuuuufffff esas leyes no se pueden aplicar en un pais de estos con tanta pobreza y robos....ya conozco gebnte en medellin q han ganado tutelas,,porq esto es inconstitucional de todas las formas posibles,,se traga por lo menos 12 articulos

chorfan 15-06-2011 09:58:40

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Cita:

Iniciado por Muammar Gaddafi (Mensaje 6407332)
esta buena esa manera de pensar,,,pero estoy en contra de las fotomultas,,,y mas en un pais de estos,,,donde no agarran a un sicario??? como van a agarrar a los infractores de transito??? q falta de coherencia,,,,,,,,,ademas como van a implementar eso ,,si por ejemplo ,,tengo amigos en cali q si se demoran mucho en ciertos lugares esperando a q cambie el semaforo los roba,,,,,,osea q puuuuuuuuufffff esas leyes no se pueden aplicar en un pais de estos con tanta pobreza y robos....ya conozco gebnte en medellin q han ganado tutelas,,porq esto es inconstitucional de todas las formas posibles,,se traga por lo menos 12 articulos

Gracias por comentar viejo, que bueno que compartieras los 12 artículos que se "traga"...

CodigoX* 15-06-2011 10:39:05

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
El tema es simple: Para no tener problemas con las fotomultas no hay que cometer infracciones de tránsito... Y listo...

DJuank 15-06-2011 10:42:24

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Yo creo que el mayor mito es saber dónde están las cámaras esas......ya se han creado muchos mitos urbanos alrededor de su ubicación.

QUEMANTANALETA 15-06-2011 10:46:40

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Art. 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo tiene derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recog ido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas,,,En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución

(Art. 4. La Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.
Es deber de los nacionales y de los extranjeros en Colombia acatar la Constitución y la leyes, y respetar y obedecer a las autoridades. )mirar la de arriba.

Art. 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.




Art. 29. El debido proceso se aplicará a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas.
Nadie puede ser juzgado sino conforme a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.
En materia penal, la ley permisiva o favorable, aún cuando sea posterior, se aplicará de preferencia a la restrictiva o desfavorable.
Toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable. Quien sea sindicado tiene derecho a la defensa y a la asistencia de un abogado escogido por él, o de oficio, durante la investigación y el juzgamiento; a un debido proceso público sin dilaciones injustificadas; a presentar pruebas y a controvertir las qu e se alleguen en su contra; a impugnar la sentencia condenatoria, y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho. Es nula, de pleno derecho, la prueba obtenida con violación del debido proceso.



Art. 78. La ley regulará el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización.
Serán responsables, de acuerdo con la ley, quienes en la producción y en la comercialización de bienes y servicios, atenten contra la salud, la seguridad y el adecuado aprovisionamiento a consumidores y usuarios. El Estado garantizará la participación de las organizaciones de consumidores y usuarios en el estudio de las disposiciones que les conciernen. Para gozar de este derecho las organizaciones deben ser representativas y observar procedimientos democrá ticos internos. (este se podria meter ,ya q quien controla a los entes territoriales q ponen las fotomultas)

Art. 83. Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas

Art. 84. Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de menera general, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para su ejercicio

QUEMANTANALETA 15-06-2011 10:48:06

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
Las vídeo multas atentan contra los siguientes derechos individuales de las personas:
El derecho la intimidad.( La filmación de una persona debe ser autorizada por un Juez de la República o por usted mismo, es lo mismo que sucedió con las Chuzadas)

El derecho a la defensa y al debido proceso. ( usted no se entera cuando le hacen la multa eso es abuso y espionaje es ilegal y no elimina la oportunidad de dar su versión de los hechos en el momento del suceso)

El derecho a la inocencia. Usted no puede dar su versión, ni defensa, ni es un proceso LEGAL de multa que contempla el Código Nacional Disciplinario ni el Código Nacional de Transito.

El derecho al libre transito.( Viola este derecho al impedir que usted transite con todo sus derechos libre y sin temor a que sea espiado o abusado en sus derechos por todo el territorio donde hay cámaras)

Ninguna entidad por importante que sea, ninguna ley ni mucho menos sin autorización de un Juez puede atentar con los derechos Constitucionales son derechos sagrados e intocables mucho menos derogables o anulables así usted haya cometido un imprudencia de transito o delito grave

paisafe 15-06-2011 10:48:58

Respuesta: Mitos sobre las Fotomultas... Upssss
 
me gustan mejor con evidencia las llamadas fotomultas..........y no la de los guardas


La franja horaria es GMT -5. Ahora son las 23:42:18.

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