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ANTANAS MOCKUS 12-01-2010 16:09:32

Mitos de Transito
 
El pago mensual de un Agente de Tránsito es proporcional al número de comparendos que genere en el mes (MENTIRA). Los Agentes de tránsito reciben un salario fijo mensual independientemente del número de comparendos generados y no reciben ninguna bonificación por aplicar un número mayor de comparendos en el mes, es importante anotar que tal como lo dispone el Código Nacional de Tránsito, las multas tienen destinación específica para planes de educación vial y no para el pago de agentes.


Si se hace un documento de traspaso de vehículo sin formalizar el trámite, este documento privado no implica cambio en el registro de propiedad del vehículo (VERDAD). Debe hacerse el trámite completo para su formalización ante el Organismo de Tránsito para que el registro aparezca a nombre del nuevo propietario.


En caso de un accidente, si los involucrados concilian termina con esto el proceso contravencional (MENTIRA). Aunque haya conciliación entre las partes en el lugar de los hechos o en la notaría, esto no finiquita el proceso y la responsabilidad contravencional. El organismo de tránsito debe darle seguimiento al proceso. En general las aseguradoras exigen la intervención de la autoridad en el caso para cubrir las reparaciones y no se puede conciliar las faltas a las Normas de Tránsito si no los daños ocasionados al incumplimiento de éstas.


Cuando se suspende la licencia de conducción para carro, también se suspende la licencia conducción de moto (VERDAD).Cuando se suspende una licencia de conducción se incluye la del carro y la de moto, ya que lo que se suspende es la actividad de la conducción.


Al ingerir algunos alimentos o bebidas el registro de embriaguez será negativo (MENTIRA). Si se ingiere algunos alimentos o bebidas diferentes al alcohol estos no varían el resultado positivo del registro de la prueba de alcoholemia.


Si en una prueba de alcoholemia resulta positivo en cualquiera de los grados de embriaguez, esto dará causal de suspensión a la licencia de conducción, sin importar que la infracción se haya cometido por primera vez (VERDAD). El hecho de que un conductor sea interceptado en estado de embriaguez la primera vez, no implica que sea sancionado con la sanción mínima que es de 8 meses. La sanción se establecerá de acuerdo al grado de alcoholemia registrado por el conductor.


En caso de no presentarse el contraventor a la audiencia, el proceso se da por finalizado (MENTIRA). Si el presunto contraventor no se presenta a la audiencia el proceso continúa y es fallado sin la presencia de este, así lo indica la Ley 769 de 2002.


Si un conductor ha cometido una infracción (contravención), tiene derecho a rebaja en el costo del comparendo (VERDAD). El infractor tiene 3 días hábiles después de generado el comparendo para pagar el 75% de contado inmediatamente y el 25% restante del costo de la multa deberá realizar un curso de educación vial en forma presencial o virtual y en caso de no asistir deberá cancelar 5 salarios mínimos legales vigentes.
El infractor tiene 3 días hábiles después de generado el comparendo para pagar la multa o para firmar un convenio: Mínimo el 10 % de contado y el resto en cuotas de acuerdo a su facilidad de pago.
Si pasan los 3 días hábiles y la persona no se manifiesta, la multa se aumenta en un 100%.


Usted es de los que cree todavía que los comparendos o multas de tránsito “Caducan o Prescriben” (MENTIRA). Pues no, con base en el Artículo 159 del Código Nacional de Tránsito, las multas e infracciones de tránsito prescriben a los TRES (3) AÑOS, contados a partir de la ocurrencia del hecho, término que se interrumpe con la emisión y notificación del Mandamiento de Pago, y a partir de ese momento, la Administración cuenta con CINCO (5) AÑOS más para hacer efectivo el pago de la multa.


En caso de presentarse un accidente de tránsito, la primera acción que deben realizar los implicados es llamar al 123, explicar lo ocurrido para que se hagan presentes en el lugar las entidades competentes (Tránsito, Policía o Ambulancia) - (VERDAD). La línea de emergencias 123, remite al Centro de Control de Tránsito la llamada del usuario registrando el tipo de accidente y su ubicación, de esta forma se da aviso a los Agentes de Tránsito que se encuentren más cerca al lugar para que atiendan el accidente en el menor tiempo posible.


Si un presunto infractor no firma el comparendo este queda nulo (MENTIRA). Contrario a lo que se cree, rehusarse a firmar la Orden del comparendo del Tránsito en un choque no tiene ningún efecto. Un testigo puede poner su firma para que el proceso continúe.


Si un conductor no esta de acuerdo con la infracción, este no tiene derecho a controvertirla (MENTIRA). Si el Agente de Tránsito encuentra infracciones y aplica un comparendo, pero el afectado no está de acuerdo, este tiene derecho a una audiencia de descargos y a aportar pruebas en su defensa en los 3 días hábiles siguientes a la comisión de la infracción.

ROBERT BOURNE 12-01-2010 22:12:35

Respuesta: Mitos de Transito
 
muy buen aporte, datos muy importantes

ANTANAS MOCKUS 13-01-2010 09:40:00

Respuesta: Mitos de Transito
 
si mi viejo,,,,, muchos d estos no tenia conociemiento de ellos,,,,,,,,,gracias x su comentario,,,,:)

Cita:

Iniciado por Robert Sniper (Mensaje 3945565)
muy buen aporte, datos muy importantes


Arvid 13-01-2010 22:08:50

Respuesta: Mitos de Transito
 
Exelente aporte y para tener muy en cuenta...

Vega1987 14-01-2010 22:16:30

Respuesta: Mitos de Transito
 
Excelente aporte mano ..... con respecto a lo ultimo la contravención hay un espacio en el comparendo donde se puede poner lo que uno quiera ..... uno tiene todo el derecho de usar ese espacio ... Pilas con eso que muchos agentes le meten miedo a uno cuando el comparendo es injusto

ANTANAS MOCKUS 15-01-2010 09:12:26

Respuesta: Mitos de Transito
 
buena info no sabia eso lo del espacio en el comparendo,,,,, ya c para la proxima desahogarme,,,,,,,,,,porq da la casualidad q siempre q me pasa eso me da mucha rabia,,,,,,:roll:

Cita:

Iniciado por Vega1987 (Mensaje 3956353)
Excelente aporte mano ..... con respecto a lo ultimo la contravención hay un espacio en el comparendo donde se puede poner lo que uno quiera ..... uno tiene todo el derecho de usar ese espacio ... Pilas con eso que muchos agentes le meten miedo a uno cuando el comparendo es injusto


Vega1987 15-01-2010 11:19:02

Respuesta: Mitos de Transito
 
1 Archivos Adjunto(s)
Aca esta una imagen de un comparendo y donde vos te podes desahogar en "observaciones". Esta en rojo

Muchos agentes te meten miedo y dicen que eso es ilegal copiar ahi .. Mentiras, ese espacio se hizo para defendernos ..... ademas muchos agentes te prestan el lapicero para que firmes solamente pero cuando te en anotando ahi te lo quitan y te dicen que eso es "Irrespeto a la autoridad" y un poco de sandeces mas.

Lo que uno aprende en un curso de educacion vial :laughing9::laughing9::laughing9: ....

Ahhh y otra cosa aproechando el tema pilas con las zonas escolares se TIENE que andar a 30 km/hr, aunque sea las 12 pm :Scream_Emoticon::Scream_Emoticon::angry4::angry4:

ANTANAS MOCKUS 15-01-2010 14:58:44

Respuesta: Mitos de Transito
 
gracias vega,,,,,,:SmokeScreen_emotico

Cita:

Iniciado por Vega1987 (Mensaje 3958272)
Aca esta una imagen de un comparendo y donde vos te podes desahogar en "observaciones". Esta en rojo

Muchos agentes te meten miedo y dicen que eso es ilegal copiar ahi .. Mentiras, ese espacio se hizo para defendernos ..... ademas muchos agentes te prestan el lapicero para que firmes solamente pero cuando te en anotando ahi te lo quitan y te dicen que eso es "Irrespeto a la autoridad" y un poco de sandeces mas.

Lo que uno aprende en un curso de educacion vial :laughing9::laughing9::laughing9: ....

Ahhh y otra cosa aproechando el tema pilas con las zonas escolares se TIENE que andar a 30 km/hr, aunque sea las 12 pm :Scream_Emoticon::Scream_Emoticon::angry4::angry4:


ninow 17-01-2010 23:00:42

Respuesta: Mitos de Transito
 
parce una pregunto si me colabora si tengo una moto honda lind modelo 97 q es 100 cc guardadad y un esa epoca no pagaban las motos de menos de 125 cc y no teniamos runt q plata debo si me colabora muchas gracias

Vega1987 18-01-2010 00:43:48

Respuesta: Mitos de Transito
 
Cita:

Iniciado por ninow (Mensaje 3969506)
parce una pregunto si me colabora si tengo una moto honda lind modelo 97 q es 100 cc guardadad y un esa epoca no pagaban las motos de menos de 125 cc y no teniamos runt q plata debo si me colabora muchas gracias

Que mas hombre .... todavia las motos de menos de 125 cc no pagan impuestos .

En tema de impuestos no debes nada pero dependiendo de donde tene matriculada la moto si tienen o no semaforos deberas la semaforizacion anual (por esta razon mucha ente matricula las motos o carros en los municipios donde no hay semaforos) .. osea cerca de 13 años.

Donde la tienes matriculada y te colaboro con el dato :)


La franja horaria es GMT -5. Ahora son las 20:22:01.

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