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jav01 08-12-2015 01:04:01

"La Corte Constitucional podría tumbar parte del plebiscito"
 
"La Corte Constitucional podría tumbar parte del plebiscito"

Luis Fernando Velasco, presidente del Congreso, votó en contra del Gobierno uno de los artículos del plebiscito por la paz, como lo hizo el uribismo. Estas son sus razones.

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La semana pasada, durante la aprobación del plebiscito por la paz, un hecho pasó inadvertido. Luis Fernando Velasco, presidente del Senado, integrante de la Unidad Nacional, votó en contra uno de los cinco artículos del plebiscito por la paz.

Una decisión que lo puso de lado del Centro Democrático, pero que el senador liberal justifica con argumentos de tipo constitucional. Se trata del artículo tercero, el cual establece los efectos y consecuencias del plebiscito por la paz. Tanto el Senado como la Cámara decidieron otorgarle “carácter vinculante” para efectos del desarrollo constitucional y legal del acuerdo que firmen el gobierno y las FARC en La Habana para poner fin al conflicto.

Esa expresión, “carácter vinculante”, tiene amplias consecuencias en criterio de Velasco. Una de ellas es que le está dando a una ley estatutaria, como es la del plebiscito, una facultad que la Carta Política del 91 no le concede: la de reformar la Constitución.

Según la máxima norma, La Constitución sólo se podría modificar mediante tres mecanismos: por la vía del referendo, por la vía del Congreso a través de un acto legislativo, o por una Asamblea Nacional Constituyente. Pero una ley estatutaria no tiene estos alcances.

Como los eventuales acuerdos de paz necesariamente implican algunas reformas a la Constitución, un caso concreto, la posible habilitación para que los jefes de las FARC puedan participar en política, Velasco cree que si en el plebiscito gana el ‘Sí’, por el carácter vinculante que le está dando el Congreso, tendrán una obligación legal, es decir, se tienen que hacer, sí o sí, esas reformas a la Constitución.

Es algo que parece lógico e inevitable, luego de la firma de los acuerdos. Pero Velasco considera que esta no es la manera de hacerlos. “Esa vinculación legal llevaría a pensar, por ejemplo, que lo que se acuerde y que signifique una reforma constitucional se debe adoptar automáticamente, y en ese sentido estaríamos creando un nuevo mecanismo (el plebiscito) para reformar la Constitución. Pero lo que tramitó el Congreso es una ley estatutaria, que no puede crear un nuevo mecanismo para reformar la Constitución. Me queda esa duda muy grande”, dijo a Semana.com el presidente del Senado, quien cree que el Congreso la aprobó “de forma irregular”.

La tesis de Velasco, aunque no fue respaldada por las mayorías parlamentarias, guarda sintonía con las observaciones que el Consejo Gremial hizo al proyecto del plebiscito, que tampoco fueron atendidas.

Una de ellas era precisamente el carácter vinculante. Para los gremios, “el plebiscito no puede perder su naturaleza, que es la de ser un acto político, mas no jurídico”. Y agregan que el plebiscito debe servir como mecanismo de “convalidación política” del proceso de negociación de La Habana, “pero no puede significar la modificación automática, así sea temporal, de la Constitución o leyes vigentes”.

Las tesis de Velasco y los gremios es que a partir de la convalidación política, a través del plebiscito, el pueblo les da un mandato al Gobierno y al Congreso para que cada uno, en el marco de sus competencias, proceda a hacer las reformas que sean necesarias para implementar los acuerdos.

La petición que habían hecho era que en el texto del plebiscito por la paz se estableciera con claridad que la aprobación del mecanismo por el pueblo colombiano es un acto político y que, en sí mismo, no es un elemento de modificación a la Constitución ni a las leyes de la República. Eso no sucedió.

“Una cosa es que frente a una votación mayoritaria del pueblo colombiano por el ‘sí’, el Congreso y las fuerzas políticas asuman un compromiso político de sacar adelante los acuerdos. Pero otra muy diferentes es haya una vinculación legal obligatoria”, explica Velasco.

Ese carácter vinculante que el Congreso decidió imprimirle al plebiscito tendría varias consecuencias en la práctica, según el presidente del Senado. Una de ellas es que el Congreso tendría que adoptar, sí o sí, las reformas incluidas en el acuerdo. “Entonces acabaría el debate parlamentario y el Congreso terminaría reducido a ser notario de lo que se haya acordado en La Habana”. Eso quiere decir, entre otras, que el Centro Democrático, tras el mandato popular, deberá votar afirmativamente a las reformas. Es una obligación.

Velasco aclara: “Yo respaldo los acuerdos, los defiendo políticamente, pero creo que darles una fuerza vinculante legal es inconstitucional”. Por eso asegura que el plebiscito al ser vinculante se está convirtiendo en referendo. “Eso lo puede tumbar la Corte Constitucional”.

Esta semana, el proyecto de plebiscito por la paz terminará con el trámite de la conciliación de textos entre el Senado y la Cámara y pasará a revisión de la Corte Constitucional. Se descarta que este asunto del carácter vinculante sea debatido en esta instancia. Pero es un asunto que deberá ser considerado por los magistrados.



FUENTE: semana.com


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