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ripley 30-12-2011 09:51:41

¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!

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Si no le gusta el nombre que le pusieron sus padres, tiene una sola oportunidad de cambiarlo. También hay posibilidad de cambiar el sexo en su documento de identidad. Aprenda cómo hacerlo y cuáles son las características de los nombres que se pueden usar en Colombia.





Quizás usted puede pensar que el cambio de nombre requiere muchos trámites que pueden ser difíciles y engorrosos. Antes, cuando los abuelos tomaban el calendario y bautizaban a sus hijos con el nombre que caía ese día, no había más remedio que dejarlo así hasta los últimos días de su existencia.

No obstante, actualmente se puede cambiar con tan solo el trámite de una escritura pública y ante notario, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6º del Decreto 999 de 1988, el cual modificó al artículo 94 del Decreto Ley 1260 de 1970.

Para el cambio de nombre el titular del registro civil de nacimiento podrá, por una sola vez, modificar, sustituir, rectificar, corregir o adicionar el nombre, con el fin de fijar la identidad personal.

La expresión “por una sola vez”, prescrita por la norma citada, sólo aplica para los mayores de edad, ya que en el caso de los menores, si el representante legal fija el nombre mediante escritura pública, cuando el inscrito llegue a la mayoría de edad, podrá cambiarlo mediante el otorgamiento de otra escritura pública.

El proceso para el cambio de nombre inicia cuando se inscribe en el correspondiente registro civil del interesado, caso en el cual el funcionario de registro civil que tenga en su archivo el registro, procederá a la apertura de un nuevo folio con las modificaciones correspondientes.

Es decir, si está pensando en cambiarse el nombre, podrá hacerlo una sola vez porque así lo establece el Decreto 1260.

Los trámites pueden ser adelantados por el propio inscrito, o en su defecto, por sus padres si es un menor de edad. El cambio se realiza mediante una escritura pública ante notario para cambiar, rectificar, adicionar o suprimir alguna partícula “de” en el caso de las mujeres casadas.

Entre el 1 de enero y el 20 de octubre de 2010 un total de 301 colombianos inscribieron cambios de nombre y apellido en el registro civil de nacimiento, luego de agotar el proceso de otorgamiento de escritura pública ante notaría.

A estas cifras se suman las 76.024 rectificaciones por cambios o correcciones de nombre y/o de apellido en la cédula de ciudadanía. La rectificación cuesta $31.800 y se adelanta no sólo cuando culminó el proceso de cambio de nombre mediante escritura pública, sino también cuando el ciudadano desea corregir la forma de escribir el nombre o el apellido, o cualquier otro dato de la cédula, porque no coincide con la información consignada en el registro civil de nacimiento.

En lo corrido de 2010 la rectificación más frecuente de cédula es la del primer apellido con 28.243 cambios o correcciones, seguida por la rectificación o corrección del segundo apellido con 28.154.

Así mismo, 9.234 ciudadanos han realizado cambios o correcciones en su primer nombre y 10.393 en su segundo nombre.




Nombre y sexo

En Colombia el nombre no es indicador del sexo. Nuestro ordenamiento jurídico deja a voluntad de las personas la asignación del nombre de pila; es así como una persona de sexo femenino puede asignársele un nombre que, por costumbre, se le asigna a alguien de sexo masculino y viceversa, sin que esto implique cambio de sexo.

En consecuencia, si una persona de sexo masculino desea cambiar su nombre para adoptar uno de sexo femenino puede hacerlo mediante escritura pública sin que esto implique cambio de género.

Es el caso de los que se llaman con nombres anglosajones que utilizan tanto hombres como mujeres en Colombia.

En este caso, el documento de identidad se expedirá con el nuevo nombre, pero el sexo del ciudadano queda igual al registrado en la primera cédula tramitada.

Ahora bien, si lo que realmente existe es un cambio fisiológico de sexo -por intervención quirúrgica- este cambio se tiene que decretar mediante una sentencia judicial, con base en la cual se harán las respectivas correcciones del caso en el registro civil correspondiente a través de la apertura de un nuevo folio.

Posteriormente, con el registro civil corregido se deberá solicitar la rectificación de la cédula de ciudadanía, en la cual se cambiará el nombre y además el sexo del ciudadano.





ripley 30-12-2011 09:52:21

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Características del nombre

El Decreto Ley 1260 de 1970 establece en los artículos 3 y 4 que el nombre es un derecho absoluto de la persona por lo tanto “Toda persona tiene derecho a su individualidad y por consiguiente al nombre que por ley le corresponde”. Los componentes del nombre comprenden: Los nombres y apellidos o seudónimo con los que se busca individualizar a cada miembro de una familia y su asignación la deja el Estado a la voluntad de las personas.

Los apellidos tratan del origen histórico del nombre y la necesidad de establecer un vínculo con el núcleo familiar al que se pertenece. La cartilla de Registro Civil en su segunda edición explica también las características del nombre que se describen a continuación:



El nombre es inalienable e indisponible. Significa que es un derecho personalísimo que carece de valor pecuniario y no puede venderse ni cederse gratuita u onerosamente.




Cumple una función identificadora. El nombre es un elemento necesario para la adecuada individualización de las personas que integran determinado grupo social.




El nombre es tutelado por la ley. Goza de protección legal como lo estipula el artículo cuarto del Decreto Ley 1260.





Es irrenunciable. Siendo el nombre un derecho subjetivo que cumple una función social pública e identificadora de la persona como integrante de un grupo social en el que vive y del cual es protagonista de relaciones jurídicas, la renuncia no es permitida porque no sólo contempla el interés individual del titular sino de toda una sociedad y del mismo Estado.

Las implicaciones del cambio de nombre aplican en todos los ámbitos porque la nueva identidad obliga a procedimientos legales detallados porque se debe cambiar el registro civil, las cédulas de ciudadanía, los diplomas de bachiller, universidad, postgrados, el pase de conducir, entre otros.






^ ^ \ö son algunos de los caracteres especiales que pueden llevar los nombres colombianos

Estos nombres con caracteres especiales se encuentran más que todo entre los indígenas colombianos.

Los pueblos indígenas tienen características particulares en su lenguaje y su cultura es ágrafa, lo que quiere decir que no posee signos propios para la escritura.

Todas las tribus indígenas tienen un lenguaje diferente y de ahí surgen los nombres con caracteres por fuera de nuestro alfabeto tradicional. 27 letras y 2 dígrafos, que son dos letras juntas que representan un solo sonido componen el abecedario, lo que quiere decir que símbolos como ¥ \¾, son lo que conocemos como caracteres especiales.






Incorporación de caracteres especiales en la cédula de ciudadanía

Cuando llegaron los computadores a Colombia, los teclados venían configurados en inglés y no tenían incorporados los caracteres como la ñ. Con el pasar del tiempo, la Registraduría Nacional del Estado Civil vio la necesidad de implementar estos caracteres, ya que al momento de tramitar los documentos de identidad como registro civil de nacimiento, tarjetas de identidad y cédulas de ciudadanía, algunos nombres venían con caracteres especiales.

Con la llegada del Programa de Modernización Tecnológica en su Segunda Fase, PMTII, este inconveniente fue solucionándose.

Anteriormente al momento de ingresar los nombres que llevaban consigo caracteres como ^\ä, salian símbolos como # % &, lo que quería decir que en ese espacio iba algún carácter especial.

En la actrualidad lo que se hace para corregir los datos es reemplazar el símbolo manualmente, se corrige el ANI si es necesario, se actualiza el PMT y al momento de imprimir la cédula, ésta sale con el carácter especial que lleve el nombre.

Con la implementación del Número Ünico de Identificación Personal, NUIP, al momento de registrar un niño, si su nombre tiene algún carácter especial éste va a quedar grabado de inmediato en la base de datos de la Registraduría y no habrá necesidad de uqe al momento que cumpla la mayoría de edad haya la necesidad de realizar alguna corrección.

SilverS 30-12-2011 09:53:30

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Te has cambiando el nombre?....
Interesante la info

ripley 30-12-2011 09:56:31

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Cita:

Iniciado por SilverS (Mensaje 7592602)
Te has cambiando el nombre?....
Interesante la info


Yo si conozco a dos personas que se han cambiado el nombre, una por vanidad se llamaba Dignaly y lo cambio por Paula.... la otra fue por seguridad (según ella) Maria Leony lo cambio a Xiomara Valentina...

Tyler Durden 30-12-2011 09:58:29

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Yo estoy feliz con mi nombre.

►Shep◄ 30-12-2011 10:03:55

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Cita:

Iniciado por ripley (Mensaje 7592609)
Yo si conozco a dos personas que se han cambiado el nombre, una por vanidad se llamaba Dignaly y lo cambio por Paula.... la otra fue por seguridad (según ella) Maria Leony lo cambio a Xiomara Valentina...


uy es que la primera a mi parecer si lo necesitaba, ese nombre Dignaly :S.

Cita:

Iniciado por Tyler Durden (Mensaje 7592619)
Yo estoy feliz con mi nombre.

Yo tambien estoy conforme con mi nombre.

EL*BARTO 30-12-2011 10:05:03

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Cita:

Iniciado por ripley (Mensaje 7592609)
Yo si conozco a dos personas que se han cambiado el nombre, una por vanidad se llamaba Dignaly y lo cambio por Paula.... la otra fue por seguridad (según ella) Maria Leony lo cambio a Xiomara Valentina...


Pero es que a lo bn, Dignaly??? Leony????? Que estaban pensando los padres????

Heráclito 30-12-2011 10:20:43

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Yo me llamo José Obdulio... ¿será que me lo puedo cambiar por Hugo para ir a Venezuela a visitar a mi nuevo mejor tocayo? :laughing9:

Tyler Durden 30-12-2011 10:24:10

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Mi bisabuelo se llamaba Baudilio :icon8:

NICO CANADA 30-12-2011 10:33:55

Respuesta: ¿Está aburrido con su nombre? ¡Cámbieselo!
 
Sisas esos nombres si no no no yo por ahi pille q un man se llama disq Batman Roberto :S:S


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