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Tyler Durden 19-02-2010 09:58:00

Mujer fue despedida de su trabajo porque hizo comentarios en Facebook cuando estaba enferma
 
Se quejaba de migraña y le fue permitido permanecer en una habitación oscura en la empresa.
Sin embargo, dejó su "huella digital" en Facebook y perdió su empleo. La razón del patrono: Si podía hacer comentarios en Facebook, entonces estaba apta para trabajar.
El hecho ocurrió en Puerto Rico, donde los casos de despido por usar los sistemas de información durante horas laborables para propósitos no relacionados con el trabajo van en aumento.
Así lo indicó Ydelfonso López, abogado del bufete O'Neill y Borges, durante una de las presentaciones del foro laboral de la Sociedad para la Gerencia de los Recursos Humanos (SHRM, por sus siglas en inglés). Aunque no ofreció cifras de despidos relacionados con el uso indebido de la tecnología, López presentó un cuadro con múltiples ejemplos que su bufete ha manejando.
Un empleado perdió su trabajo por enviar comentarios ofensivos a través del correo electrónico de la empresa, ya que sus mensajes contenían el nombre y logo de la compañía. Mientras, un empleado fue despedido por guardar en una laptop de la compañía -que también la usaban otros empleados - más de 60 fotos explícitas de él, desnudo y en actos sexuales con otro hombre. Durante su ponencia, López explicó que ese empleado en particular demandó a la compañía por violación a su derecho de intimidad. Sin embargo, el despedido perdió el caso, ya que todo documento y foto en una laptop de una empresa es propiedad de esa compañía y no del empleado, sostuvo el abogado.
Esta regla, según el letrado, también se extiende al uso excesivo de internet, y por 'postear' comentarios y fotos que de alguna manera puedan ser perjudiciales a la compañía.
Ese fue el caso de una empleada despidida fulminantemente por poner en su página de Facebook fotos en poses sugestivas, ataviada con el uniforme de la empresa. Otro empleado quedó fuera luego que se descubrió el mensaje insultante y difamatorio contra su jefe que dejó en su página de Facebook. "El buen uso de esta tecnología es una tremenda herramienta para los negocios y para los propios empleados, especialmente en áreas como la de ventas, el problema surge cuando se abusan", señaló López.
"El número de personas que están utilizando internet, los correos electrónicos, las redes sociales de comunicación electrónica en horas laborables es impresionante", declaró López. Estos trabajadores invierten horas en estas páginas, sostuvo.
Según datos ofrecidos en su presentación, a nivel global el 90% de los empleados navegan sitios en la "web" en horas laborables, incluyendo los de contenido pornográfico; y el 82% envía correos electrónicos desde la empresa.
Mientras, López citó a Expedia.com, portal de viajes que indica que el 47% de las personas que visitan la página lo hacen durante horas laborables.
Sextracker.com revela que el 70% de las páginas de pornografía son vistas entre 9:00 a.m. y 5:00 p.m. López citó incluso una encuesta con 10,000 empleados en Canadá que reflejó que, en promedio, cada empleado visita siete páginas porno diariamente.
Cuando los empleados son disciplinados o despedidos por el mal uso o abuso de los sistemas de la empresa, muchos pretenden invocar las protecciones de derecho a la privacidad, a la intimidad, y a expresarse libremente. "El primer error (del empleado) es pensar que esas comunicaciones que envían desde 'su computadora' en el trabajo son privadas porque fue el empleado quien las generó", dijo el abogado.
La realidad es que ese equipo y esa información, al igual que otros contenidos, no le pertenece al empleado y por ende están sujetos a las reglas de la compañía. Cualquier correo electrónico difamatorio, discriminatorio, de mal gusto y negativo enviado por el empleado desde el sistema de la empresa, y donde aparece el nombre y logo de la misma, se puede interpretar como la opinión o pensamiento de la compañía. Como consecuencia esto podría ser perjudicial a su imagen y hasta exponer a la empresa a acciones legales. Lo mismo aplica a expresiones y fotos relacionadas con la compañía que se suban a páginas sociales como Facebook y MySpace. "Tienes derecho a expresarte libremente, pero no a expresarte libremente con respecto a tu patrono para hacer expresiones difamatorias, que le puedan hacer daño al negocio y al lugar donde trabaja", dijo López. Además de ser base para despido, ese empleado puede ser demandado por difamación, discrimen, y hostigamiento sexual por diseminar y hasta recibir comentarios, información, fotos, y chistes a través del correo electrónico interno.
López dijo que la confusión o falta de conocimiento por parte de los empleados se debe a que todavía hay compañías que no tienen políticas específicas sobre el uso de Internet y de las redes de información social. Otras las tienen, pero no son suficientemente específicas.
"Definitivamente, los empleados ni las conocen, ni las leen. Firman los documentos junto con los demás papeles que le dan al comenzar a trabajar sin leer el contenido", dijo López. Agregó que por eso es vital que las empresas además de tener políticas, ofrezcan orientaciones al menos dos veces al año. Recomendó a los patronos que retengan un recibo de la política firmado por el empleado, y una lista firmada de los que asistan a las orientaciones.


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