DeNunCianDo

DeNunCianDo (https://www.denunciando.com/)
-   Discusiones Generales (https://www.denunciando.com/discusiones-generales-50/)
-   -   Prescripcion adquisitiva (https://www.denunciando.com/discusiones-generales-50/92909-prescripcion-adquisitiva.html)

jofred80228 22-04-2009 10:37:42

Prescripcion adquisitiva
 
Buenos dias:
Soy estudiante de Derecho de la Universidad Libre de Colombia Seccional Cucuta, en la actualidad curso 4 año; y mi inquietud es la siguiente:
El pasado viernes me llego una consulta a consultorio juridico en donde un señor adqurio un bien inmueble hace 9 años y medio, pero no elevo escritura publica cuando se hizo la compraventa, es mas ni siquiera hizo un documento en donde soportara dicha compra, toda vez que la antigua propietaria se encontraba en amenaza y pues tuvo que salir fuera de la ciudad y del pais , y ala fecha de hoy nueve años despues ese bien ha sido siempre poseedor el señor que me hace la consulta, lo curioso es que este bien se encuentra agravado como patrimonio de familia y afectacion de vivienda, siendo ademas un bien el cual habia sido otorgado por vivienda de interes social a la señora que hizo el negocio con el poseedor que enecuentra en la actualidad viviendo en este inmueble... Mi pregunta es como iniciar un proceso por prescripcion adquisitiva de dominio, entiendose que para las viviendas de interes social prescriben a los 5 años.Ante quien puedo gestionar dicho proceso, ao asonde puedo dirigirme, de antemano , gracias si pueden colaborarme con la anteriro inquietud.......... Att: Jhon Jairo Rozo

Klenio 22-04-2009 20:22:41

Respuesta: Prescripcion adquisitiva
 
En este caso pienso que el señor puede adelantar un proceso ordinario ante juez civil pues creo que cumple con los requisitos para adquirir mediante esta modalidad pues tiene mas de 5 años ejerciendo posesion sobre el mismo. Tambien es importante que el señor haya pagado impuestos desde que se encuentra en posesion del inmueble. Recuerde que los tiempos de prescripcion fueron rebajados a la mitad...

La prescripcion que usted menciona, para viviendas de interes social, se refiere unicamente a un procedimiento especial que fue consagrado por la Ley 1183 de 2008 para adelantar PRESCRIPCION ADQUISITIVA ANTE NOTARIO PUBLICO despues de demostrar posesion inscrita por minimo 5 años. El aparte de dicha ley que regulaba ese asunto fue declarado inexequible por la Corte Constitucional mediante sentencia C-1142 de 2008, por lo tanto, no tiene aplicacion.

Asi las cosas, lo que debe adelantar el cliente es un proceso ordinario ante juez demostrando los 5 años de posesion.


La franja horaria es GMT -5. Ahora son las 01:27:36.

Desarrollado por: vBulletin® Versión 3.8.9
Derechos de Autor ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.

DeNunCianDo.CoM ©

Page generated in 0,01661 seconds with 8 queries

SEO by vBSEO