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-   -   urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada (https://www.denunciando.com/discusiones-generales-50/888595-urgente-asesoria-sobre-desacato-de-tutela-ganada.html)

alblanco 26-02-2014 13:18:40

urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
En dias atras habia interpuesto una accion de tutela encontra el empleador ( SINDICATO ) y la entidad en la que trabajaba (HOSPITAL ) la cual habia salido el fallo a mi favor, fui notificado en dia lunes 24 de febrero y el dia de hoy 26 de febrero me presente en las instalaciones del hospital donde tambien funciona una oficina de dicho sindicato, en la tutela se pide ser reintegrado a mi trabajo y pagarme los emolumentos dejados de pagar, cuando me presente la respuesta del hospital fue que no podia ser reintegrado porque apelarian el fallo y debia esperar al fallo de la segunda instancia, en cuanto a la cooperativa la persona que se encuentra no puede tomar desiciones y me dice que debo esperar una respuesta atravez de correo certificado.

¿ SE PUDE TOMAR ACCIONES POR DESACATO O DEBO ESPERAR AL FALLO DE LA SEGUNDA INSTANCIA ?

Cualquier otra ayuda sera eternamente agradecida.

BUFFALOX 26-02-2014 15:01:59

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
No socio, la entidad tiene que darle cumplimiento dentro de las 48 hrs siguientes al fallo. DE NINGUNA MANERA el fallo queda suspendido hasta que se resuelva la impugnación.

entonces espere las 48 hrs y meta el incidente de desacato

proyectofenix 27-02-2014 10:30:45

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
Cita:

Iniciado por BUFFALOX (Mensaje 10305803)
No socio, la entidad tiene que darle cumplimiento dentro de las 48 hrs siguientes al fallo. DE NINGUNA MANERA el fallo queda suspendido hasta que se resuelva la impugnación.

entonces espere las 48 hrs y meta el incidente de desacato


Lamento contradecir, pero hay que esperar la segunda instancia....no vaya a ser que el Juez de Primera instancia admita un desacato que el Juez superior revoque....... inclusive, el Juez de primera instancia no puede sancionar por desacato al accionado hasta que se resuelva por el superior jerarquico...........


Lo anterior, debido a que el tramite de desacato es mas prolongado que el procedimiento de segunda instancia señaldo por 20 días habiles........y de ordenar una sanción por desacato a la accionada y de ser revocado el fallo que lo ordena, haría quedar como un imbecil al juez que sanciona.....es por esto que el desacato tendría que esperar....

Ahora, te propongo que lo intentes.......verás, que se suspende la admisión del desacato hasta tanto no se pronuncie el juez de segunda instancia.


Entonces, espera el fallo de segunda instancia.......en mi experiencia esos fallos así los confirman.....ten paciencia.....si tienes mas dudas no dudes en preguntar.

BUFFALOX 27-02-2014 12:46:57

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
Cita:

Iniciado por proyectofenix (Mensaje 10307430)
Lamento contradecir, pero hay que esperar la segunda instancia....no vaya a ser que el Juez de Primera instancia admita un desacato que el Juez superior revoque....... inclusive, el Juez de primera instancia no puede sancionar por desacato al accionado hasta que se resuelva por el superior jerarquico...........

Lo anterior, debido a que el tramite de desacato es mas prolongado que el procedimiento de segunda instancia señaldo por 20 días habiles........y de ordenar una sanción por desacato a la accionada y de ser revocado el fallo que lo ordena, haría quedar como un imbecil al juez que sanciona.....es por esto que el desacato tendría que esperar....

Ahora, te propongo que lo intentes.......verás, que se suspende la admisión del desacato hasta tanto no se pronuncie el juez de segunda instancia.

Entonces, espera el fallo de segunda instancia.......en mi experiencia esos fallos así los confirman.....ten paciencia.....si tienes mas dudas no dudes en preguntar.

NO PROYECTO FENIX, te equivocas en materia grave. insisto de NINGUNA MANERA es necesario esperar la decisión en segunda instancia para dar cumplimiento al fallo de primera. RECORDEMOS, la acción de tutela es un amparo constitucional inmediato. por lo tanto no se puede so-capa de esperar una decisión en segunda instancia retardar el cumplimiento al fallo.

las decisiones de tutela deben ser atendidas 48hrs después de notificadas a la entidad encargada de darle cumplimiento y por lo tanto luego de ese lapso se incurre en desacato.

proyectofenix 27-02-2014 13:53:33

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
Cita:

Iniciado por BUFFALOX (Mensaje 10307750)
NO PROYECTO FENIX, te equivocas en materia grave. insisto de NINGUNA MANERA es necesario esperar la decisión en segunda instancia para dar cumplimiento al fallo de primera. RECORDEMOS, la acción de tutela es un amparo constitucional inmediato. por lo tanto no se puede so-capa de esperar una decisión en segunda instancia retardar el cumplimiento al fallo.

las decisiones de tutela deben ser atendidas 48hrs después de notificadas a la entidad encargada de darle cumplimiento y por lo tanto luego de ese lapso se incurre en desacato.


No Brother, entenderás que si se impugna una tutela significa que el fallo no quedó en firme, toda vez que hay que esperar la decisión de un juez superior.....la verdad, lo observo todo el tiempo, tutelas es lo mas común que hago en mi vida profesional....ahora, esto no solo es con la tutela, en todo proceso, no se podría reclamar el derecho reconocido hasta tanto no se agoten todos los recurso (Que por eso existen) y el fallo quede en firme, y no haya nada mas que recurrir, una vez se agoten los términos y la parte que pierde no apela dentro de ese término ....entonces, si se puede señalar que se gano un proceso o un Derecho.

A lo que podrías referirte, son aquellos casos, en que se coloca en peligro la vida de un accionante, - muy comun en las tutelas en que se reclama el derecho a la Vida en Conexidad con la Seguridad Social- de ser así, inclusive antes de fallar, el juez puede ordenar como medida preventiva que se ordene tal medicamento o tal procedimiento medico mientras se falla.

Ahora, recuerda estamos en un estado de Derecho, y existe el principio de la doble instancia, entonces, por eso existen los recursos, para que se revise la decisión que se tome ya sea por el mismo que la profirió o el funcionario supérior, de lo contrario se violaría el Debido Proceso y Derecho a la Defensa.......


BUFFALOX 28-02-2014 13:47:37

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
Fénix finalmente no nos vamos a poner de acuerdo sobre el tema. yo por ejemplo tengo experiencia en tutelas frente a temas de carrera adtiva y también en salud, en dos entidades distintas, y solo se estila en esas entidades la atención inmediata luego del fallo en primera instancia. lo importante aquí es que el hombre beneficiado con la tutela ojala se la confirmen.

Isidorito 15-03-2014 22:17:35

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
Sencillo: si el fallo de tutela está en firme, no hay apelación que valga y usted puede invocar desacato desde cuando se venzan las 48 horas que tiene la accionada para dar cumplimiento a lo ordenado.

Según lo que relata, el fallo está en firme, así que siga presionando e inicie el incidente de desacato.

Exija sus derechos!!!

edwinunico 19-03-2014 21:38:27

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
lo primero es recordar Cuando esta en firme una decisión: cuando contra ella no procede recurso alguno, cuando procediendo recursos estos no se interpusieron en el termino legal o cuando interpuestos los recursos fueron decididos. Dicho esto concuerdo con fenix la sentencia de primera instancia no se encuentra en firme hasta tanto no se decida el recurso de impugnación ante el superior, es cierto que el articulo 27 del decreto 2591 fija un termino de 48 horas para acatar el fallo, pero no se puede desconocer la doble instancia, adicionalmente, esta el juez facultado para fijar terminos prudenciales a las ordenes que emite, ya que no toda orden judicial es posible cumplirla en ese lapso, en salud generalmente se ordena ese termino, pero piense por ejemplo en un fallo que requiere ciertos actos previos o preparatorios por parte de la entidad accionada, como por ejemplo la entrega de una vivienda digna a una persona, imposible que esta se construya en 48 horas.
Ahora en firme la decisión sigue el incidente como efectivamente ya dijeron los foristas hasta llegar de ser necesario a la sancion con arresto y/o economica de la parte accionada. pero requiere sentencia en firme, mas este caso tratandose de un reintegro con todos los efectos economicos y de cambios de planta que conlleva para la empresa.
Aclaro el recurso de apelacion no existe en tutela, se llama impugnacion asi lo consagro el legislador, puede que se asemejen en sus terminos y efectos, pero no es lo mismo.

edwinunico 19-03-2014 21:38:42

Respuesta: urgente, asesoria sobre desacato de tutela ganada
 
lo primero es recordar Cuando esta en firme una decisión: cuando contra ella no procede recurso alguno, cuando procediendo recursos estos no se interpusieron en el termino legal o cuando interpuestos los recursos fueron decididos. Dicho esto concuerdo con fenix la sentencia de primera instancia no se encuentra en firme hasta tanto no se decida el recurso de impugnación ante el superior, es cierto que el articulo 27 del decreto 2591 fija un termino de 48 horas para acatar el fallo, pero no se puede desconocer la doble instancia, adicionalmente, esta el juez facultado para fijar terminos prudenciales a las ordenes que emite, ya que no toda orden judicial es posible cumplirla en ese lapso, en salud generalmente se ordena ese termino, pero piense por ejemplo en un fallo que requiere ciertos actos previos o preparatorios por parte de la entidad accionada, como por ejemplo la entrega de una vivienda digna a una persona, imposible que esta se construya en 48 horas.
Ahora en firme la decisión sigue el incidente como efectivamente ya dijeron los foristas hasta llegar de ser necesario a la sancion con arresto y/o economica de la parte accionada. pero requiere sentencia en firme, mas este caso tratandose de un reintegro con todos los efectos economicos y de cambios de planta que conlleva para la empresa.
Aclaro el recurso de apelacion no existe en tutela, se llama impugnacion asi lo consagro el legislador, puede que se asemejen en sus terminos y efectos, pero no es lo mismo.


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