Delito: Perfidia Artículo 143. Perfidia. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado y con el propósito de dañar o atacar al adversario, simule la condición de persona protegida o utilice indebidamente signos de protección como la Cruz Roja o la Media Luna Roja, la bandera de las Naciones Unidas o de otros organismos Intergubernamentales, la bandera blanca de parlamento o de rendición, banderas o uniformes de países neutrales o de destacamentos militares o policiales de las Naciones Unidas u otros signos de protección contemplados en tratados internacionales ratificados por Colombia, incurrirá por esa sola conducta en prisión de cuarenta y ocho (48 ) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En igual pena incurrirá quien, con la misma finalidad, utilice uniformes del adversario. |
Respuesta: Delito: Perfidia o sea que a todos los de las farc les deberian correr ese delito por que usan uniformes de uso privativo de las fuerzas militares, ¿por que nunca les imputan ese delito fenix? |
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Respuesta: Delito: Perfidia fenix entonces un ejemplo de este delitos podría ser esto verdad Capturan a guerrillero 'disfrazado' de soldado. |
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Perfidia..........El que, con ocasión y en desarrollo de conflicto armado y con el propósito de dañar o atacar al adversario, simule la condición de persona protegida o utilice indebidamente signos de protección como la Cruz Roja o la Media Luna Roja, la bandera de las Naciones Unidas o de otros organismos Intergubernamentales, La bandera blanca de parlamento o de rendición, banderas o uniformes de países neutrales o de destacamentos militares o policiales de las Naciones Unidas u otros signos de protección contemplados en tratados internacionales ratificados por Colombia En este delito no se señalan a los que fingen ser del ejercito Colombiano |
Respuesta: Delito: Perfidia a ver fenix no soy pi, carajo pi te tiene volando jaaaaaaa:P. pero en la noticia habla de un guerrillero que se disfrazaba de soldado, luego entonces uno deduce que estaba sacando provecho de uno de los símbolos del enemigo, es decir el uniforme, al hacer eso podría llevar a cabo acciones ofensiva en contra del enemigo, en este caso el ejercito, pues asi lo veo yo fenix desde mi ignorancia acerca de las interpretaciones que uds los eruditos en cuestiones legales puedan hacer |
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Es comun que tengas estas dudas......... el delito al que te refieres es este: Artículo 346. Utilización ilegal de uniformes e insignias. [Penas aumentadas por el artículo 14 de la ley 890 de 2004] El que sin permiso de autoridad competente importe, fabrique, transporte, almacene, distribuya, compre, venda, suministre, sustraiga, porte o utilice prendas, uniformes, insignias o medios de identificación reales, similares o semejantes a los de uso privativo de la fuerza pública o de los organismos de seguridad del Estado, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48 ) a ciento ocho (108 ) meses y multa de sesenta y seis punto sesenta y seis (66.66) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El delito de perfidia mas bien trata sobre utilizar insignias y uniformes pero de entidades u organismos intergubernamentales o que tienen convenios con Colombia para mediar la paz con la guerrila Aaah, y no eres un ignorante, solo que cada quien en su profesión, quisiera yo tener el conocimiento que tu tienes sobre las serpientes............ |
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