DeNunCianDo

DeNunCianDo (https://www.denunciando.com/)
-   Discusiones Generales (https://www.denunciando.com/discusiones-generales-50/)
-   -   consulta de demandas por alimentos (https://www.denunciando.com/discusiones-generales-50/782266-consulta-de-demandas-por-alimentos.html)

andrewxavid 08-03-2013 17:22:22

consulta de demandas por alimentos
 
la cuestión es la siguiente

soy padre de 3 niños actualmente vivo con mis 2 ultimos hijos y mi esposa actual, no gano mas de un salario minimo pues mi trabajo depende de mis ventas (comisiones) lo poco que gano lo divido entre el pago arriendo
servicios publicos y demas gastos mi hijo mayor tiene 6 años y apesar de que consigno dinero cada que puedo no es lo que yo quisiera aportarle,la mama inicio una demanda ante fiscalia por que dice que es muy poco lo que le aporto. en fin mi pregunta es ¿puedo ir a la carcel por esta demanda? teniendo en cuenta que soy el unico quien sostiene mi actual grupo familiar?

proyectofenix 08-03-2013 18:27:30

Respuesta: consulta de demandas por alimentos
 
Cita:

Iniciado por andrewxavid (Mensaje 9573958)
la cuestión es la siguiente

soy padre de 3 niños actualmente vivo con mis 2 ultimos hijos y mi esposa actual, no gano mas de un salario minimo pues mi trabajo depende de mis ventas (comisiones) lo poco que gano lo divido entre el pago arriendo
servicios publicos y demas gastos mi hijo mayor tiene 6 años y apesar de que consigno dinero cada que puedo no es lo que yo quisiera aportarle,la mama inicio una demanda ante fiscalia por que dice que es muy poco lo que le aporto. en fin mi pregunta es ¿puedo ir a la carcel por esta demanda? teniendo en cuenta que soy el unico quien sostiene mi actual grupo familiar?


Honestamente si, En el artículo 233 del Código Penal se considera a la inasistencia alimentaría como un delito que deberá pagarse con cárcel de 1 a 3 años y multas de 10 a 20 salarios mínimos legales vigentes. La pena puede ser mayor en caso de que se cometa contra un menor de 14 años.

Cuando te hagan las citaciones en la fiscalia acude y llega a un arreglo, son tres citaciones para efectos de llegar a un arreglo antes de abrir investigación por el delito, y el hecho de no poseer dinero no te exime de la pena, y buscar un acuerdo es el mejor consejo que puedo darte como abogado.


CAPITULO IV.
DE LOS DELITOS CONTRA LA ASISTENCIA ALIMENTARIA
ARTICULO 233. INASISTENCIA ALIMENTARIA. <Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 1181 de 2007. El nuevo texto es el siguiente:> El que se sustraiga sin justa causa a la prestación de alimentos legalmente debidos a sus ascendientes, descendientes, adoptante, adoptivo, cónyuge o compañero o compañera permanente, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses y multa de trece punto treinta y tres (13.33) a treinta (30) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
La pena será de prisión de treinta y dos (32) a setenta y dos (72) meses y multa de veinte (20) a treinta y siete punto cinco (37.5) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando la inasistencia alimentaria se cometa contra un menor.
PARÁGRAFO 1o. <Parágrafo CONDICIONALMENTE exequible. Aparte tachado INEXEQUIBLE> Para efectos del presente artículo, se tendrá por compañero y compañera permanente únicamente al hombre y la mujer que forman parte de la Unión Marital de Hecho durante un lapso no inferior a dos años en los términos de la Ley 54 de 1990.

PARÁGRAFO 2o. En los eventos tipificados en la presente ley se podrá aplicar el principio de oportunidad.

ARTICULO 234. CIRCUNSTANCIAS DE AGRAVACION PUNITIVA. La pena señalada en el artículo anterior se aumentará hasta en una tercera parte si el obligado, con el propósito de sustraerse a la prestación alimentaria, fraudulentamente oculta, disminuye o grava su renta o patrimonio.
<Jurisprudencia Vigencia>
ARTICULO 235. REITERACION. La sentencia condenatoria ejecutoriada no impide la iniciación de otro proceso si el responsable incurre nuevamente en inasistencia alimentaria.

ESTEBANNNN 28-03-2013 14:38:33

Respuesta: consulta de demandas por alimentos
 
La única forma de ir a la cárcel, es que incumplas con los alimentos y te niegues a pagarlos, pero para poder que exista un incumplimiento primero debe existir una orden o acuerdo de pago (cuota alimentaria) si te fijan esta y tu no la pagas podrías ir a la cárcel, pero si aun no te la han fijado tranquilízate no podrás ir a la cárcel, cualquier asesoría mas personalizada no dudes en preguntar.

proyectofenix 28-03-2013 21:44:08

Respuesta: consulta de demandas por alimentos
 
Cita:

Iniciado por ESTEBANNNN (Mensaje 9624328)
La única forma de ir a la cárcel, es que incumplas con los alimentos y te niegues a pagarlos, pero para poder que exista un incumplimiento primero debe existir una orden o acuerdo de pago (cuota alimentaria) si te fijan esta y tu no la pagas podrías ir a la cárcel, pero si aun no te la han fijado tranquilízate no podrás ir a la cárcel, cualquier asesoría mas personalizada no dudes en preguntar.

Esto es parcialmente cierto, pues en muchas ocasiones, ya el sindicaado, ha incumplido con un acuerdo de alimentos ante el Bienestar Familiar y ante entidades que manejan conciliación, a pesar de esto, por procedimiento, le vuelven a citar en fiscalia después que le denuncian, e igual, existen quienes ni siquiera se acercan a las citaciones para conciliar y no pasa nada, pero eso si, inmediatamente le realizan la investigación.

Ahora, el acuerdo de pago de alimentos, es solo una etapa procesal de conciliación que busca evitar la investigación si cumple, entonces, realizar un acuerdo y posteriormente incumplirlo, es solo postergar temporalmente el juzgamiento y señalamiento de la pena según la dosificación penal señalado por el Juez dentro de los parámetros ordenados por el Código Penal vigente.

Recuerdese también, que el acuerdo de pago presta merito ejecutivo, y se puede utilizar como plena prueba para efectos de iniciar un proceso ejecutivo en contra del que incumpla ante un juzgado de familia, claro está, esto llegaría a prosperar en el evento en que el que incumpla posea un trabajo con salario fijo o bienes embargables, teniéndose ambos procesos ya que no son incompatibles, llevar de manera simultanea la denuncia penal y el proceso ejecutivo ante un Juzgado de Familia.

gasj 17-04-2013 15:19:45

Respuesta: consulta de demandas por alimentos
 
hola
con los datos aportados, surgen dos preguntas
1-tiene los recibos?
2- lo citaron a una conciliación?

respondiendo esto te puedo dar una mejor respuesta.
por el momento tal como lo plantea no vas para la carcel


La franja horaria es GMT -5. Ahora son las 02:41:36.

Desarrollado por: vBulletin® Versión 3.8.9
Derechos de Autor ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.

DeNunCianDo.CoM ©

Page generated in 0,02121 seconds with 8 queries

SEO by vBSEO