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Ver la Versión Completa Con Imagenes : Contrato de arrendamiento


Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Ray Charles
30-03-2009, 06:45:02
llevo 5 meses pagando arriendo en donde vivo mas el ultimo mes no lo puedo ( ni quiero pagar :L) porque ahora consegi casa propia, hable con la dueña y con la agencia acerca de que no estoy en capacidad de pagar el contrato mas ellos me dijeron que tenia que pagarlo asi no estubiera en capacidad


hay alguna forma de cancelar el contrato ? ayuda:)

Ayudante De Santa
06-11-2015, 22:19:08
Los mejores licores
Klenio
30-03-2009, 09:57:48
Pues hay que partir del hecho que existe un contrato entre las partes, el cual las obliga, por lo tanto para terminar el contrato de manera anticipada por el hecho de usted haber conseguido casa propia, debe darse por mutuo acuerdo entre el arrendador y el arrendatario. De lo contrario, habria un incumplimiento por parte suya y estaría obligado al pago de la clausula penal.

Lo mas aconsejable entonces es que trate de llegar a un acuerdo con la propietaria del inmueble.

Mor†al S†n
03-04-2009, 22:02:02
Desgraciadamente asi es la cosa...:(

venuss
05-11-2010, 17:41:31
tienen toda la razon

otromanahi
06-12-2010, 16:37:17
La ley 820 art.22 establece como una causal de terminación del contrato, la mora en el pago del canón por parte del arrendatario, bajo ese entendido si ud. no paga, el arrendador podría dar por terminado el contrato y solicitar la restitución dle inmueble, sin embargo, lo más aconsejable es que llegue a un acuerdo con el arrendador, de esta forma evita problemas innecesarios...

luisanchez
02-01-2011, 08:16:19
La ley 820 art.22 establece como una causal de terminación del contrato, la mora en el pago del canón por parte del arrendatario, bajo ese entendido si ud. no paga, el arrendador podría dar por terminado el contrato y solicitar la restitución dle inmueble, sin embargo, lo más aconsejable es que llegue a un acuerdo con el arrendador, de esta forma evita problemas innecesarios...


si bien es cierto lo que establece la ley, tambien es cierto que al iniciar proceso de restitucion de inmueble arrendado, el valor total de las pretensiones corresponde al valor total del contrato de arrendamiento, esto es el año completo, ademas si ud ha sido cumplido en el pago se solicita se haga cumplir con el contrato y no que se declare terminado, por lo cual es mejor llegar a un acuerdo con la arrendadora, otra opcion es la de ofrecer la cesion del contrato, anuncia en los clasificados su interes por ceder el contrato.